Por publicidad engañosa sancionan a Comcel | El Nuevo Siglo
Martes, 14 de Febrero de 2012

Por suministrar información suficiente en los planes que ofrecía, la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante la Resolución No. 4355 , confirmó la sanción pecuniaria impuesta a la sociedad Comunicación Celular Comcel S.A., por valor de $10.300.000.

  La Superintendencia encontró que la publicidad en la que se promocionaba el Plan Sin Fin Ideal, se informaba que se podía hablar gratis los 5 primeros minutos y podía tener hasta 9 elegidos para hablar gratis, y a pesar de que en algunas de las piezas publicitarias advertía que habían condiciones y restricciones, en ninguna de ellas advirtió cuáles eran éstas.  

Igualmente en la publicidad del Plan Kit Amigo de Comcel se ofrecía hablar los 5 primeros minutos gratis y un amigo para hablar y otro para escribir gratis, tampoco se advirtió las condiciones y restricciones que operaban para acceder a dichos beneficios. La Superintendencia procedió a verificar las verdaderas condiciones en que se estaban vendiendo los referidos planes, y encontró que éstas desvirtuaban el mensaje enviado en la publicidad, toda vez que ni los 5 primeros minutos eran gratis para todos los planes, ni podía elegir 9 números cualquiera porque estaban limitados a números Comcel. 

 La SIC ha reiterado en diferentes pronunciamientos que las piezas publicitarias deben contener la información necesaria para que el mensaje no sea engañoso o induzca en error a los consumidores.  Si bien es válido informar en la página web de la empresa las condiciones de una publicidad, oferta, promoción o concurso, esta no puede ser la única fuente de información para los consumidores, y menos cuando dichas condiciones y restricciones modifican el mensaje enviado en la publicidad.