Gabriel Sonny Cubillos
Periodista EL NUEVO SIGLO
Con la posesión de Édgar González López como magistrado esta semana en la Sala de Consulta, el Consejo de Estado por fin después de un par de años está con los 31 togados que le corresponden. En los últimos seis meses, el alto Tribunal llenó nueve de sus vacantes.
La cooptación se mantiene en la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, es decir, que están facultados para elegir a sus magistrados y de esta forma ocupar las vacantes que se presentan por renuncia o la finalización del periodo de ocho años que la ley fija a los togados.
Sin embargo, la función electoral se ha convertido en un verdadero dolor de cabeza para estas altas Cortes porque se requiere en Sala Plena las dos terceras partes de los votos de los integrantes, no solo para la elección de sus magistrados sino para integrar listas de aspirantes a magistrado de Corte Constitucional, Procurador General y Fiscal General.
En el caso de la Corte Suprema de Justicia en este momento están pendientes por llenar cinco vacantes, que podrían ser seis si de aquí a marzo no logra en su Sala Plena el consenso suficiente para avanzar en alguna elección. Precisamente en ese mes finalizará el periodo del magistrado José Leonidas Bustos, de la Sala Penal.
No obstante, hoy la situación en el Consejo de Estado es diferente por la reforma del reglamento que gestionó en mayo de 2015, por medio de la cual buscó facilitar su función electoral.
Ahora para la elección es necesario que el aspirante alcance una votación equivalente a las dos terceras partes de los magistrados que en el momento haya en funciones en el Consejo de Estado (incluyendo la Sala de Consulta).
Es un cambio fundamental porque anteriormente también se requería las dos terceras partes, pero establecidas sobre el quórum de la Sala Plena, es decir, de todos los magistrados que tiene esta Corte, que son 31, lo que demandaba como mínimo 21 votos en momentos en que el alto Tribunal alcanzó a contar con apenas 24 magistrados, precisamente por la dificultad para llenar sus vacantes.
En julio de 2015 el Consejo de Estado eligió a Carmelo Darío Perdomo para ocupar el lugar que Bertha Lucía Ramírez dejó en la Sección Segunda. En ese mismo mes del año pasado, eligió a Guillermo Alfonso Sánchez Luque para reemplazar al magistrado Enrique Gil en la Sección Tercera.
Otras dos de sus vacantes llenó el Consejo de Estado en julio del año pasado: Roberto Augusto Serrato fue elegido para ocupar la plaza que dejó Marco Antonio Velilla en la Sección Primera; y Carlos Enrique Moreno Rubio reemplazó a Susana Buitrago en la Sección Quinta.
En agosto del año anterior, el Consejo de Estado eligió a Martha Nubia Velásquez Rico para reemplazar a Mauricio Alfredo Fajardo en la Sección Tercera.
En tanto que en septiembre del año pasado el alto Tribunal eligió como magistrada a Rocío Mercedes Araújo para remplazar en la Sección Quinta a Mauricio Torres Cuervo.
En octubre de 2015, el Consejo de Estado llenó dos vacantes más: Gabriel Rodolfo Valbuena Hernández fue elegido para ocupar la plaza que dejó Gustavo Gómez Aranguren en la Sección Segunda; mientras que William Hernández Gómez remplazó a Alfonso Vargas Rincón también en la Sección Segunda.
A finales de noviembre pasado, la Sala Plena del Consejo de Estado eligió a Édgar González López para llenar la vacante que dejó Augusto Hernández Becerra en la Sala de Consulta.
Sección V
En septiembre pasado con la elección como magistrada de Rocío Mercedes Araújo Oñate, la Sección Quinta del Consejo de Estado por primera vez en un par de años quedó completa con sus cuatro integrantes.
Esta Sección es la encargada de definir las demandas electorales, y ya completa se espera que fluyan con mayor rapidez los procesos de pérdida de investidura que están sin resolver de los actuales congresistas, así como la que se prevé cascada de acciones de nulidad de los mandatarios elegidos a gobernaciones y alcaldes al igual que a corporaciones públicas de los comicios del pasado 25 de octubre.
La función principal de la Sección Quinta es conocer de las acciones de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos de contenido electoral, y de los recursos de revisión de procesos relacionados con elecciones o nombramientos, así como de los recursos e incidentes en los procesos ejecutivos por jurisdicción coactiva.
Sin embargo, la Sección Quinta fue una de las más afectadas en los últimos años por la demora que se presentaba en el Consejo de Estado en su función electoral para llenar las vacantes que dejaban los togados.