Por el momento, AICO no puede entregar avales | El Nuevo Siglo
Sábado, 2 de Mayo de 2015

Por Gabriel Sonny Cubillos

Periodista de EL NUEVO SIGLO

Este lunes el Consejo Electoral escuchará en audiencia pública a las partes interesadas en el estudio que adelanta por las 25 impugnaciones que se presentaron contra la designación de directivos del Movimiento Autoridades Indígenas de Colombia (AICO), y que como consecuencia de lo cual en este momento la colectividad no puede entregar avales ni establecer alianzas para los comicios de este año, producto de una medida cautelar que adoptó este organismo.

Como consecuencia de esta situación AICO es la única colectividad de los 13 partidos y movimientos políticos que lograron o mantuvieron su personería jurídica en los comicios legislativos de marzo de 2014, que está maniatado para tomar decisiones en materia de alianzas y entrega de avales a sus candidatos para las elecciones territoriales de 2015.

El Consejo Nacional Electoral tomó esta medida cautelar con el fin de evitar que durante el tiempo que se adelanta por su parte el estudio de dichas impugnaciones, las nuevas directivas entreguen avales, que luego de ser necesario no podrán ser revocados porque como lo ha señalado el propio organismo, estos respaldos no son revocables.

Pero también por las implicaciones que tiene en materia de responsabilidades para un partido o movimiento político el otorgamiento del aval, incluso puede perder la personería jurídica en caso de que el candidato al que le dio su respaldo sea elegido y en el ejercicio del cargo resulta condenado por delitos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales y actividades del narcotráfico, cometidos con anterioridad a la expedición del aval correspondiente.

Por el momento, las nuevas directivas de AICO pueden tomar decisiones en materia administrativa de la colectividad, pero no entregar avalas ni decidir sobre coaliciones hasta que el Consejo Nacional Electoral levante las medidas cautelares que adoptó. Sin embargo esto no ocurrirá hasta que tome una decisión sobre las impugnaciones que le fueron radicadas contra la designación de las nuevas directivas en la Asamblea Extraordinaria del Movimiento celebrada los días 5, 6 y 7 de marzo de este año en el municipio de Ipiales, Nariño, en el resguardo indígena de San Juan.

El Consejo Electoral no está obligado a realizar una audiencia pública para resolver la impugnación que se haga a la designación de las nuevas directivas de un partido o movimiento político, sin embargo, por tratarse de un asunto que compromete la participación política de los indígenas, quienes gozan de especial protección desde el punto de vista constitucional, el despacho de la magistrada Yolima Carrillo, quien fue designada ponente para este caso, decidió convocar la audiencia, además para lo cual consideró que esta población tiene una tradición oral.

De esta forma, tanto el grupo de los impugnantes como el de quienes defienden la supuesta legalidad de la Asamblea en que se tomó la decisión sobre la designación de las nuevas directivas tendrán la oportunidad de expresar sus argumentos durante una hora ante la magistrada ponente, y lo que pase en esa audiencia será parte del proceso que se adelanta y va a servir para tomar la decisión por parte de la Sala Plena de la Corporación.

Los hechos

Las 25 impugnaciones que fueron radicadas ante el Consejo Nacional Electoral frente a la realización de la Asamblea Extraordinaria celebrada los días 5, 6 y 7 de marzo de este año en el resguardo indígena de San Juan, aducen que fue mal convocada y que hubo problemas en el quórum, por lo que piden que las nuevas directivas no sean reconocidas por este organismo.

Sin embargo, los organizadores de dicha Asamblea Nacional Extraordinaria, que contó con la presencia de delegados del Consejo Nacional Electoral, aseguran que tuvo la presencia de las 49 autoridades pertenecientes al Movimiento AICO legítimamente afiliadas con voz y voto para participar.

Sin embargo, la decisión final del Consejo Nacional Electoral solo dirá si la Asamblea Nacional Extraordinaria estuvo ajustada o no a  derecho y lo que señalan los estatutos de la colectividad. Luego de ello será decisión del Movimiento AICO qué hacer en cuanto a las nuevas directivas con base en el pronunciamiento de este organismo.

Directivas elegidas

. Dirección Política Nacional

. Representante legal, a la vez presidente de la Dirección Política Nacional

. Secretario Ejecutivo

. Revisor fiscal

. Tesorero

. Veedor

. Consejo Disciplinario y de Ética

. Comisión de Asuntos Legislativos

. Comisión de Asuntos Comunitarios y Reivindicativos

. Comisión de Asuntos Políticos, Ideológicos y Organizativos

. Comisión de Capacitación, Informática y Propaganda

. Comisión de Relaciones Nacionales e Internacionales

. Comisión de Juventudes y Estudiantes

. Comisión de Asuntos de la Mujer y de Género