Proceso contra Petro por financiación de campaña sigue congelado | El Nuevo Siglo
EL CONFLICTO de competencias entre el CNE y la Cámara no ha permitido avances en la investigación. /Presidente Petro. Foto Prensa Presidencia
Miércoles, 10 de Julio de 2024
Redacción Política

SI BIEN es cierto que el Consejo de Estado, conceptuó que el Consejo Nacional Electoral sí puede investigar al presidente de la República en torno a la financiación de su campaña y que una vez y que si llega a encontrar mérito para indagarlo debe trasladar el proceso a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, el proceso en este segundo alto tribunal continúa congelado.

 

Según conoció EL NUEVO SIGLO son varias las aristas pendientes que impiden el avance de las investigaciones, En este sentido, fuentes cercanas al Consejo Nacional Electoral revelaron que “actualmente el proceso de investigación se encuentra suspendido, hasta que la Sala de Consulta del Consejo de Estado, proceda a definir la competencia ocasionada por la solicitud de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes”.

Choque de trenes

La Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, le solicitó al Consejo Nacional Electoral, el traslado del proceso de investigación que adelanta al presidente Gustavo Petro, y que está relacionado con la financiación de la campaña presidencial que adelanta esa entidad.

Desde el 16 de mayo pasado, el ente investigador de la corporación legislativa elevó la petición argumentando que “la Comisión de Acusación de manera autonomía y oficiosa, solicita a través de providencia al Consejo Nacional Electoral (CNE), las investigaciones que ante esa autoridad cursan contra el presidente de la República, por hechos relacionados con la financiación de su campaña. Pues, aunque ese órgano es competente para investigar a los partidos, a los gerentes, y candidatos, la competencia exclusiva para investigar al presidente de la República, la tiene el Congreso de la República por ser su juez natural al amparo del fuero constitucional contemplado en el artículo 178 de nuestra carta política”.

A su turno, el Consejo Nacional Electoral, se pronunció al respecto, el pasado 5 de junio y tras una sala plena, se declaró como el único órgano competente para investigar la presunta violación del tope de gastos de la campaña advirtiendo que “es responsabilidad del Consejo Nacional Electoral llevar a cabo las actuaciones administrativas necesarias para investigar y tomar una decisión de fondo sobre los hechos que constituyan una violación de los topes de la campaña electoral. Una vez concluida esa etapa, y de encontrarse mérito, se debe remitir lo pertinente a la autoridad competente, según el cargo, para aplicar la sanción correspondiente”, pero ante las dudas, el CNE le solicitó a la Sala Civil del Consejo de Estado un concepto ante esta competencia.

 

Proceso en el Consejo de Estado

En torno a estas investigaciones, la Sección Quinta de ese alto tribunal se declaró impedido para determinar la pérdida del cargo en el caso del presidente Gustavo y de la vicepresidenta Francia Márquez, por la presunta violación a los topes electorales de la campaña.

Para ese efecto, la corporación judicial aclaró que dicha determinación la debe adelantar el Congreso de la República en cabeza de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, cómo órgano competente en razón al fuero constitucional de Gustavo Petro por su cargo de primer mandatario.

“El magistrado sustanciador consideró que de conformidad con los artículos 109 de la Constitución Política y 21 de la Ley 996 de 2005, el Congreso tiene la competencia para decretar la pérdida del cargo del presidente de la República”.

Agregó que “en todos los casos, le corresponde al Consejo Nacional Electoral adelantar la investigación administrativa sobre la financiación de campañas, y con base en el acto correspondiente, decretar las sanciones exclusivamente administrativas a que haya lugar, sin que le sea posible de ninguna manera decretar la pérdida de investidura o del cargo”. Como parte de las aclaraciones hechas por el alto tribunal, determinó que, en caso de considerar mérito, el Consejo Nacional Electoral puede trasladar la investigación a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, siempre y cuando se trate de un asunto que refiera estrictamente a la competencia de la corporación legislativa.

Como se sabe, el recurso judicial interpuesto por la Comisión de Acusaciones de la Cámara, será resuelto por el Consejo de Estado en los próximos días al determinar sobre cuál organismo va a recaer la investigación por presunta violación a los topes de campaña.