La Reforma de Equilibrio de Poderes se ‘estrenará’ en los comicios regionales, asignando curules a los segundos en votación a gobernaciones y alcaldías
En el actual Congreso de la República fue estrenada la disposición de la Reforma de Equilibrio de Poderes que reza que el candidato que le siga en votos a quien sea elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente tendrá derecho a ocupar una curul en el Senado y la Cámara. Ahora la norma hará su ‘debut’ en las elecciones regionales de octubre a nivel de concejos y asambleas, aunque en este caso no aumentará el número de miembros de dichas corporaciones. Ello implica que se dejarán de elegir 32 diputados y 1.102 concejales en comparación con los que fungen actualmente.
El Acto Legislativo 2 de 2015, popularmente conocido como la Reforma de Equilibrio de Poderes, establece en ese sentido en su artículo 1 “el candidato que le siga en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador de Departamento, Alcalde Distrital y Alcalde municipal tendrá el derecho personal a ocupar una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Concejo Municipal, respectivamente, durante el período de la correspondiente corporación”.
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Añade dicha norma “las curules así asignadas en el Senado de la República y en la Cámara de Representantes serán adicionales a las previstas en los artículos 171 y 176. Las demás curules no aumentarán el número de miembros de dichas corporaciones. En caso de no aceptación de la curul en las corporaciones públicas de las entidades territoriales, la misma se asignará de acuerdo con la regla general de asignación de curules prevista en el artículo 263”.
Ello implica que los candidatos que les sigan en votos a los 32 aspirantes que resulten elegidos en los comicios de gobernador del próximo 27 de octubre, tendrán el derecho a ocupar un escaño en la respectiva asamblea departamental.
Como consecuencia las listas que inscribieron los partidos y movimientos políticos hasta el pasado sábado a las asambleas departamentales aspirarán a una curul menos a las hoy establecidas en estas corporaciones.
En caso de no aceptación de la curul en asamblea por parte de quien resultó segundo en la votación a gobernación, será asignada a la lista que le corresponda.
En concejos
Los candidatos que sigan en votos a quien sea declarado elegido al cargo de alcalde en los comicios de octubre tendrán derecho a ocupar una curul en el respectivo concejo municipal o distrital, lo que como sucede en el caso de asamblea implicará que en octubre las listas inscritas de los distintos partidos y movimientos políticos aspirarán a un escaño menos de los hoy establecidos.
En caso de no aceptación de la curul en concejo por parte de quien resultó segundo en la votación a la alcaldía, igualmente será asignada a la lista que le corresponda.
Ello implica que en octubre venidero, por ejemplo, no estarán en juego 45 escaños sino 44 en el Concejo de Bogotá; en Valledupar no se elegirán 19 cabildantes sino 18; al Concejo de Medellín se elegirán 20 concejales y no 21 como sucede actualmente; igual para el Concejo de Cali no se elegirán 21 sino 20 concejales.
Esta situación lleva pensar qué tan interesados estarían, en caso de obtener la segunda votación en octubre, en ser concejal de Bogotá, Claudia López, tras ser senadora y fórmula de Sergio Fajardo a la vicepresidencia; Miguel Uribe, luego de ser secretario de Gobierno de Enrique Peñalosa; Carlos Fernando Galán, tras ser senador; y Clara López luego de ser ministra de Trabajo y alcaldesa (e) de la capital de la República.
En tanto que Jorge Iván Ospina ¿aceptaría ser concejal de Cali, teniendo en cuenta que fue alcalde de esta ciudad y senador? El mismo interrogante se podría aplicar en el caso del exsenador Alfredo Ramos Maya, ¿estaría dispuesto a ser parte del Concejo de Medellín?
Esta norma de Equilibrio de Poderes tiene su explicación en que se buscó dar a la oposición espacio de vocería y ejercer control político en Senado, Cámara, concejos y asambleas frente al gobierno de turno.
No obstante tiempo después fue aprobado el Estatuto de la Oposición que brinda garantías a estos sectores para ejercer esta postura política.
En ese sentido hay que esperar cómo operarán las curules en concejos y asambleas para quienes queden segundos en votación para alcaldías y gobernaciones en octubre próximo, y seguramente surgirá el debate si se amerita su existencia teniendo que ya está a la mano el Estatuto de la Oposición.