Prisión por malas conductas de funcionarios | El Nuevo Siglo
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Martes, 22 de Agosto de 2017
Redacción Política

Continúan en el Congreso los proyectos que combaten la corrupción. En la Cámara hace transito una iniciativa en el cual se adoptan medidas en materia penal para el funcionario que en provecho propio o ajeno o con perjuicio de otro o de la administración de justicia divulgue o emplee el contenido de un documento o información que deba permanecer en reserva, incurrirá en prisión de cinco a ocho años, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor”.

Actualmente el delito de divulgación y empleo de documentos reservados únicamente comprende una multa como sanción penal. Con la propuesta que se pone a consideración se busca imprimir mayor rigor en el tratamiento de la conducta.

Otro aspecto que se está modificando es que se hace referencia a la divulgación o empleo de documento reservado con perjuicio de la administración pública, como supuesto de hecho generador de la sanción penal.

Igualmente se establece que si la conducta recae sobre documentos relacionados con medios motorizados, la pena se incrementará en las tres cuartas partes. Si la conducta recae sobre documentos públicos o privados relacionados con el sistema general de seguridad social, la pena será de cuatro a ocho años de prisión”.

Bienes jurídicos

Algunos tipos penales protegen bienes jurídicos que tienen mayor entidad sobre otros, siendo este el fundamento de una graduación punitiva mayor. Este es el caso de los delitos contra la fe pública, pues en ellos se encuentra inmersa la credibilidad otorgada a los signos, objetos o instrumentos que constituyen medio de prueba acerca de la creación, modificación o extinción de situaciones jurídicas relevantes.

También se expresa que los abogados, contadores, revisores fiscales y jefes de control interno que estando obligados a reportar en los términos definidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho, omitan el cumplimiento de los reportes de operaciones inusuales o sospechosas de corrupción a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), incurrirá en prisión de tres a seis años y multa de cien a trescientos salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor”

Esta iniciativa reconoce además que las graves consecuencias de la corrupción han sido advertidas incluso por instancias internacionales, las cuales han elaborado instrumentos transnacionales que promueven la lucha frontal contra la corrupción, bajo la premisa de que todos los componentes de este flagelo y las causas que lo producen deben ser desterrados. Estos instrumentos internacionales encuentran su fundamento en la convicción de que los actos de corrupción pueden implicar el desconocimiento de los derechos humanos.

Así, por ejemplo, los tratados y procedimientos especiales de las Naciones Unidas han concluido que este fenómeno criminal impide que los Estados cumplan con sus obligaciones en materia de derechos humanos, porque los actos de corrupción interfieren con el deber estatal de “proteger a las personas” y garantizar la efectividad de los derechos.

 

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