Con la ponencia positiva del senador Gabriel Velasco, del Centro Democrático, avanza en el Congreso el proyecto de ley 457 de 2021, donde se autoriza a los cuerpos de bomberos del país prestar el servicio de transporte de pacientes en ambulancia, sin que eso implique competencia con el sector privado.
El senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa, manifestó su inquietud sobre dicho proyecto de ley: “Este transporte no tiene una prohibición, no veo por qué crear una ley para que se faculte a los bomberos a prestar un servicio de ambulancia cuando la ley no se los prohíbe”.
Motoa reiteró que no existe prohibición expresa en la resolución 3100 de 2019, expedida por el Ministerio de Salud. Allí se encuentra la posibilidad de la prestación por parte del cuerpo de bomberos de dichos servicios de ambulancia.
La resolución “establece en su artículo segundo que dentro de las instituciones prestadoras de servicios de salud, se encuentran los servicios de transporte especial de pacientes (ambulancias), lo que resulta aplicable hoy, sobre lo que se busca en esta ley”.
Agregó que por eso “ha sido insistente en tener claramente definidas las competencias de lo que corresponde llevar a un instrumento legal. Si este servicio se viene prestando hoy sin ninguna dificultad, como lo avala el Ministerio de Salud, entonces ¿Por qué llevarlo a un rango legal? ¿Es necesario? En su exposición de motivos no me quedó muy clara esa necesidad ¿Cuántas ambulancias hay que hacen parte de cuerpos de bomberos? ¿Con qué tanta frecuencia las utilizan? ¿Qué pasa con las instituciones prestadoras de servicio de salud, y los hospitales públicos departamentales y locales?”
Por último, señaló Motoa que le parecería importante escuchar el concepto del Ministerio de Salud sobre este tema.
Ante este cuestionamiento Velasco contestó: “Sí, es cierto, no está prohibida, pero solo se puede desarrollar por vía decreto de los entes territoriales y la habilitación se demora muchos años. Por eso se busca la primacía de la ley sobre el decreto, generando así una reglamentación del servicio, dando claridad de cómo direccionar los recursos al cuerpo bomberil”.
El senador ponente también aclaró que “esta iniciativa busca favorecer a personas que se encuentran en los sitios más alejados del territorio nacional, porque no están conectados debido a la falta de vías, o carreteras intransitables, facilitando el transporte de enfermos en sus ambulancias”.
Por último, Velasco precisó que “con esta ley los recursos salen del Ministerio del interior y los Bomberos tendrán la tranquilidad al prestar el servicio porque van a recibir los pagos que hoy les resulta difícil lograr. De esta forma se habilitarían las 240 ambulancias, de las que hoy solo funcionan 37 en todo el país”.