Ante el Consejo de Estado fue radicada una segunda demanda contra el Decreto 380 de 2021 expedido por el Gobierno nacional que autorizaría el regreso de la aspersión aérea con glifosato en Colombia.
El argumento de esta acción jurídica es que el Gobierno “está cometiendo una grave violación a la Constitución Política y la Ley”, de acuerdo con el representante a la Cámara Carlos Ardila, que lleva las firmas de otros once congresistas entre ellos dos del departamento del Putumayo, y varios diputados de la Asamblea seccional.
En esta demanda se solicita como pretensión principal que el Decreto 380 de 2021 sea declarado nulo en su totalidad “por no tener el Presidente de la República la competencia para reglamentar, sin la expedición previa de una Ley de la República, los mecanismos de protección y reivindicación de derechos individuales y colectivos que pudieran ser vulnerados con ocasión de la aspersión aérea de herbicidas en la lucha contra los cultivos ilícitos y con ello ir en contravía de lo estipulado en los artículos 4, 89, 150 numerales 8 y 23, y 189 de la Constitución Política. Igualmente, resulta en su integridad violatorio del derecho fundamental a la consulta previa”.
Otro argumento de la demanda sostiene que la inconstitucionalidad de la norma se explica por cuanto “estaría reglamentando directamente una sentencia judicial de la Corte Constitucional (T-236 de 2017) y no una Ley de la República, y ello desconoce el sistema de fuentes del derecho establecido por la Constitución Política”.
Así mismo, señala la demanda que la norma “vulnera el principio de reserva legal, no permite la participación efectiva de la ciudadanía en la elaboración de los informes en salud y medio ambiente que deberán formular las autoridades correspondientes, y viola el principio de independencia y separación de poderes, y la competencia del Congreso de la República para expedir las leyes”.
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Y concluye con otro argumento: “el Decreto no es claro al determinar la manera en que se aplicará el principio de precaución y da a entender que aún en presencia de riesgos o sospecha razonable de riesgos excesivos a la salud, de cualquier modo se podrá seguir asperjando y realizando la actividad riesgosa”.
Esta demanda se suma a la que hace justo un mes, el 21 de abril pasado, habían presentado la Red de Derechos Humanos del Pacífico Nariñense y el Colectivo Orlando Fals Borda, señalando también una presunta inconstitucionalidad de Decreto.
En la demanda también se pidió al Consejo de Estado medidas cautelares debido a las posibles afectaciones a la salud de los ciudadanos y el medio ambiente con la reanudación de la fumigación con glifosato.
La solicitud de nulidad ante el contencioso administrativo advierte que la fumigación afectaría a 104 municipios en seis núcleos geográficos de departamentos de Valle del Cauca, Putumayo, Nariño, Chocó, Cauca, Norte de Santander, Bolívar, Caquetá, Vichada, Córdoba, Santander, Meta, Guaviare y Antioquia.
“Se espera que el Consejo de Estado conceda la solicitud de medida cautelar y en consecuencia, detenga los efectos jurídicos del Decreto 380 mientras realiza una exhaustiva investigación de los argumentos presentados”, concluyeron las organizaciones sociales.
Mientras tanto, el Ministerio de Defensa ha dicho que cuando se reanude la aspersión aérea para la erradicación de cultivos ilícitos esta labor se hará “con precisión, para no afectar los cultivos de pancoger que se encuentren en zonas aledañas a las zonas de fumigación”.
Además, el Gobierno tiene definido que con la nueva tecnología la fumigación se realizará solo en cultivos catalogados como “industriales y tecnificados”, es decir grandes extensiones que generalmente, según el Ministerio de Defensa, están en zona con alta presencia de grupos armados ilegales.
Justamente, la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla), autorizó a finales de abril pasado la modificación del Plan de Manejo Ambiental, tarea que desde hace más de año y medio viene adelantando el Ministerio de Defensa como requisito previo para reanudar las aspersiones.
Por ahora, se espera un pronunciamiento del Consejo de Estado frente a las medidas cautelares solicitadas en la primera demanda al Decreto 380 de 2021.