Nuevo proyecto anticorrupción es mejor que el anterior: Vallejo | El Nuevo Siglo
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Sábado, 4 de Enero de 2020
Redacción Política

Ponente explicó que la iniciativa, además del tema de la casa por cárcel, tiene otros elementos “importantísimos”

EL NUEVO SIGLO: En comisiones primeras conjuntas se aprobó este proyecto de ley contra la corrupción, ¿qué cambios hubo frente a la iniciativa que se hundió la legislatura pasada?

GABRIEL VALLEJO: Lo primero que hay que decir es que este proyecto es la reivindicación del Congreso de la República con el pueblo colombiano frente al hundimiento del proyecto anterior que generó indignación.

Hay que reconocer el trabajo juicioso y disciplinado de los congresistas de la Comisión Primera, tanto de Senado como de Cámara. Creo que este proyecto mejora sustancialmente el que desafortunadamente se hundió por el problema de trámite.

Este es un proyecto garantista frente a los ciudadanos, los líderes y servidores públicos. Y manda un mensaje claro: que los corruptos no van a tener ningún beneficio si se atreven a robarse un peso de los colombianos.

Se hizo un trabajo responsable de revisar artículo por artículo. Lo más fácil hubiese sido pupitrearlo, lo que hubiese sido irresponsable con los colombianos.

ENS: ¿Cómo quedó el tema de la casa por cárcel para purgar pena?

GV: El tema de casa por cárcel es un tema que se ha venido trabajando no solamente en este proyecto de ley. Este proyecto lo reafirma. Se prohíbe cualquier subrogado penal frente a la comisión de estos delitos que afectan el patrimonio del Estado o la administración de justicia.

Lo segundo. Los beneficios de prisión preventiva. Este es otro de los hechos que genera indignación por parte de los ciudadanos. Cuando un funcionario que está siendo investigado por corrupción o un funcionario que tiene su proceso judicial tenga su detención preventiva en la casa. Este proyecto elimina la posibilidad que se le dé prisión preventiva en la casa.

ENS: ¿Y en relación con los recintos especiales, comandos del Ejército?

GV: En este proyecto se reconoce el tema de los lugares de reclusión especial. Hay ciertos servidores que requieren lugares especiales de reclusión. Lo grave no es tener lugares especiales de reclusión sino que esos lugares se conviertan en centros que tengan comodidades distintas a los que tienen los de reclusión ordinaria.

ENS: ¿Los debates restantes quedan para este semestre?

GV: Este es un proyecto de ley que tiene mensaje de urgencia del Gobierno nacional. Esperamos que en el primer semestre salga. Insisto: además del tema de la casa por cárcel tiene otros elementos importantísimos. Hay medidas sustantivas, medidas administrativas que protegen bienes jurídicos.

Por ejemplo, el bloqueo de páginas web o de direcciones URL en Internet. Hoy no es posible que un fiscal de la República pueda ordenar el bloqueo de una página de Internet. Eso es una odisea. Este proyecto permite como medida que un fiscal pueda ordenar el bloqueo inmediato en temas que afecten la intimidad de una persona o que puedan afectar la seguridad del país. Temas también como la inclusión de delitos que afecten la intimidad. Este proyecto trae ese tipo de medidas. También la protección de los documentos. Yo veo con gran preocupación que la filtración de documentos sujetos de reserva es el pan de cada día. Se castiga, pero también aclarando que se protege la libertad de expresión y las fuentes de los medios de comunicación.

ENS: Hay un cuestionamiento y es que cuando un corrupto se roba un dinero hace eventualmente un acuerdo y se queda con una cantidad importante, ¿hay un artículo que pretende que se devuelva una gran cantidad por lo menos o el 100%?

GV: Tiene que ser el 100% ¿En dónde estaba la discusión? La discusión estaba en el monto que debe devolver en un momento para hacer un preacuerdo, pero garantizando que sea el 100%. Lo que no puede ocurrir es que un servidor público se robe una plata, haga un preacuerdo, devuelva el 50% y obtenga la rebaja. Aquí el proyecto va a determinar que es el 100% del daño al patrimonio del Estado. La discusión que se va a dar es que al momento del preacuerdo, si se tiene que devolver en una primera instancia un porcentaje, estamos hablando de 70%, 80% y con el 20% restante asegurar el recaudo. Pero también entendemos que el principio de oportunidad, que es un principio fundamental en un sistema penal acusatorio, contempla este tipo de beneficios o acuerdos que impliquen desmantelar, por ejemplo, organizaciones criminales dedicadas a la corrupción.