Mientras en días pasados el Juzgado Sexto de Pequeñas Causas de Bogotá, al reconocer que existía un vínculo laboral, ordenó a una plataforma digital pagar a un domiciliario el auxilio de cesantías, los intereses sobre las mismas, la prima de servicios y las vacaciones compensadas; en el Congreso aún no se da debate a tres iniciativas para regular este asunto.
Una de las iniciativas fue radicada por el senador Rodrigo Lara (Cambio Radica) y el entonces senador Álvaro Uribe, que tiene por objeto regular la contratación entre las empresas de intermediación digital y los contratistas colaboradores para la prestación de los servicios ofrecidos por las plataformas.
A pesar de que la iniciativa fue radicada el pasado 20 de julio, sigue en la Comisión Séptima de Senado pendiente la ponencia para primer debate, la cual está a cargo de los parlamentarios Milla Patricia Romero Soto y José Ritter López Peña.
El senador Lara dijo a EL NUEVO SIGLO que está impulsando esta regulación desde hace cerca de 6 años “enfrentando el durísimo y multimillonario lobby de las plataformas tecnológicas. Este es un proyecto de ley básicamente que busca una vía intermedia entre el contrato de prestación de servicios y el contrato laboral, de tal forma que estas plataformas contribuyan con la mitad del pago de la salud y cubran un seguro básico obligatorio, de tal manera que los trabajadores de estas plataformas tengan una protección básica”.
El Parlamentario dijo que espera que en esta oportunidad, la iniciativa en la Comisión Séptima del Senado se pueda discutir sin trabas, pues señaló que “los lobbies de las plataformas, que son tan poderosos como los de las EPS, han puesto muchos palos en la rueda. Congresistas cercanos a esas plataformas han tratado de sabotear este proyecto de justicia social para esos trabajadores e incluso, hemos visto casos de proyectos de ley hechos por las plataformas enteramente en beneficio suyo, presentados por algunos representantes a la Cámara”.
Lara dijo que “claramente los jueces no tenían alternativa distinta a aplicar la normatividad vigente hoy, que es el contrato laboral. Aplicándoles el contrato laboral se les reconoce todos los beneficios del contrato laboral. Pues en estas circunstancias las plataformas que han sido muy tercas y no han querido escuchar el propósito de nuestro proyecto de ley, pues van a estar en grandes dificultades porque el contrato laboral implica unas obligaciones muy altas”.
El legislador dijo que el proyecto reconoce que las plataformas son una importante fuente de empleo para personas que en un momento dado no encuentran otra opción de generar ingreso, “lo que pasa es que lo hacen en unas condiciones absolutamente inaceptables y precarias”.
Dijo que el proyecto no busca extender de una manera tan amplia el contrato laboral porque se generarían menos empleos, pero sí busca que sobre la base de la flexibilidad misma de estas modalidades de vinculación laboral que ofrecen las plataformas se reconozcan cuatro grandes rubros: primero se cubra salud por parte de la plataforma; exista cobertura de pensiones por parte la plataforma; exista un seguro general cubierto por la plataforma y se entregue la propiedad de las calificaciones a las personas que trabajan a través de las plataformas.
Otra iniciativa
En la Comisión Séptima del Senado también está pendiente para primer debate un proyecto de ley de la bancada del Partido MIRA, que tiene por objeto establecer garantías sociales para las personas naturales que prestan sus servicios y generan ingresos mediante el uso de plataformas tecnológicas.
La iniciativa establece que los porcentajes de cotización al sistema de seguridad social es el del 11,4%, para salud el 5% y pensión 6,4%, sobre los ingresos generados, más el valor a cotizar por riesgos laborales, dependiente de la actividad que reporte.
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La distribución para realizar los aportes de pensión y salud, así como riesgos laborales se realizará de la siguiente manera, del 100% de los aportes: las plataformas tecnológicas aportarán el 25%, las personas naturales que prestan sus servicios y generan ingresos, mediante el uso de plataformas tecnológicas aportarán el 50% y el resto de los intermediarios el otro 25%.
En el caso que las plataformas tecnológicas no tengan participación en los ingresos aportará un 10%, la persona que presta el servicio un 50% y el resto de los intermediarios el 40%.