Fue negada una recusación al magistrado conservador, Jaime Luis Lacouture, en sala plena del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Lacouture hace parte de la comisión que investiga preliminarmente la campaña del presidente, Iván Duque, por la supuesta compra de votos en los casos de la 'ñeñepolítica' y las declaraciones de la excongresista, Aída Merlano.
El representante por Bogotá, David Racero, de la Lista de la Decencia, había recusado a Lacouture argumentando que había impulsado la campaña de Duque en La Guajira y por lo tanto, estaría impedido para investigarlo.
Con la compulsa de copias que hizo la Fiscalía y la decisión sobre el magistrado Lacouture, la investigación preliminar sobre la supuesta compra de votos en la campaña continúa su curso.
Además de Lacouture, la comisión del CNE está integrada por Virgilio Almanza (coalición Cambio Radical, Partido Liberal y La U) y César Abreo (Partido Liberal).
Como lo publicó ayer EL NUEVO SIGLO, fueron entregados a la Corte Suprema de Justicia, el CNE y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara, la documentación (incluyendo las grabaciones) de la ‘ñeñepolítica’ que la semana pasada la Fiscalía obtuvo de la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional (Dijín).
A través de un comunicado, la Fiscalía informó que entregó cuatro DVD que contienen 40.823 registros de actividades (audios, mensajes de datos y ubicaciones), correspondientes a las interceptaciones practicadas a un número telefónico vinculado a la investigación por el homicidio de Óscar Eduardo Rodríguez, efectuadas entre el 26 de mayo de 2018 y el 17 de mayo de 2019.
También, se suministraron 20 folios que contienen la inspección judicial realizada por el Grupo de Informática Forense del CTI de la Fiscalía, los días 12 y 13 de marzo de 2020, junto con las entrevistas rendidas por los encargados de la sala técnica de comunicaciones de la Dijín.
Además, se trasfirió un folio con copia del acta de la audiencia de control de legalidad posterior, realizada por el Juzgado 12 Penal Municipal de Bogotá con funciones de control de garantías, el 19 de noviembre de 2018, en la que autorizó la prórroga de la interceptación al abonado celular por 180 días más; otro folio que contiene copia del acta de la audiencia por control de legalidad posterior, realizada por el Juzgado 2° Penal Municipal de Bogotá con funciones de control de garantías, el 17 de mayo de 2019, en la que se impartió legalidad al procedimiento y a los resultados de la interceptación, así como un folio más que contiene una certificación suscrita por la Coordinadora del almacén de evidencias de la Fiscalía.
Entre otros detalles informados ayer por la Fiscalía, está que la interceptación del abonado celular referido se ordenó a partir del 26 de mayo de 2018, por un término de 180 días y que, el 19 de noviembre un fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales acudió ante un juez de control de garantías, quien declaró la legalidad de la orden.
De otra parte, declararse impedido para supervisar la investigación penal relacionada con las denuncias de presuntas irregularidades en la campaña presidencial de Duque le solicitaron al fiscal, Francisco Barbosa, las ONG Transparencia por Colombia y Dejusticia.
Igualmente, le solicitaron a la Corte Suprema de Justicia designar a un fiscal ad hoc que lidere estas investigaciones, a partir de una terna que el presidente Duque elabore con personas que no hayan tenido relación con su campaña presidencial ni con su Gobierno. “Este fiscal ad hoc debe contar con la independencia y capacidades suficientes para adelantar de manera ágil y eficiente la labor encomendada”, aseguran las ONG.
Según las organizaciones, la solicitud “se basa en la relación personal y profesional que ha existido” entre Duque y Barbosa, “las cuales configuran un conflicto de interés para el fiscal Barbosa. Esta medida se hace aún más necesaria, teniendo en cuenta que el presidente Duque derogó el Decreto 450 de 2016 que contribuía a hacer visibles ante la ciudadanía los posibles conflictos de interés de las personas ternadas por el Ejecutivo, para el cargo de Fiscal General de la Nación. Al hacerlo, no fue posible realizar un debate público en esta materia, fomentando la opacidad en el poder”.
Sin contar, dicen Dejusticia y Transparencia por Colombia, que “la declaración de conflicto de interés publicada por el fiscal Barbosa (según lo requerido por la ley 2013 de 2019), tampoco hace referencia a su relación previa con el Presidente de la República. Lo anterior es preocupante porque la existencia de una relación personal (o amistad entrañable) constituye una de las circunstancias en las que se presenta conflicto de interés según lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 1437 de 2011”.