El presidente de la República, Iván Duque, sancionó este jueves la Ley de ‘Pago a Plazos Justos’ con la cual se regulará el tiempo para que las grandes empresas paguen las facturas a las micro, pequeñas y medianas empresas.
“Colombia tiene una Ley de Pago a Plazos Justos, de pago en tiempos justos, y que pagar a tiempo y que pagar de manera justa sea considerada como una herramienta de distinción en el entorno empresarial para que eso, también, les merezca a las empresas ser reconocidas, pero, sobre todo, para que el ecosistema de emprendimiento en Colombia sea cada vez más robusto”, dijo el Mandatario durante el acto de sanción de la nueva Ley, realizado en la Casa de Nariño.
En ese contexto, el Jefe de Estado aseguró que esta nueva norma complementa la Ley de Emprendimiento a través del cual se busca establecer.
“Hemos presentado un proyecto de Ley de Emprendimiento que tiene varios objetivos: el primero, que podamos fortalecer la institucionalidad del emprendimiento”, dijo.
Agregó que otro de los puntos relevantes de la recién sancionada Ley, que es una promesa de campaña, es fortalecer el sistema de compras públicas.
“Es muy importante que nosotros fortalezcamos toda la capacidad del emprendimiento del sistema de compras públicas que ha sido un clamor, también, de los emprendedores, que la empresa nacional, que la empresa emergente, que la startup pueda participar activamente y llegar con protagonismo en el sistema de compras públicas”, afirmó.
El representante a la Cámara por el Partido Alianza Verde celebró la sanción presidencial de esta ley que impulsó en el Congreso.
"Después de tanto pedalear, de muchas batallas contra corriente, de superar barreras y de derrotar cualquier pronóstico que es tal y como vivimos nuestro día a día los emprendedores: hoy pago a plazos justos será una realidad. Gracias a los que nos apoyaron en este camino", expresó a través de sus redes sociales.
Los cambios que origina la Ley Pago a Plazos Justos:
• A partir de hoy, y durante el primer año de vigencia de la Ley, el plazo máximo para el pago de obligaciones contractuales es de 60 días calendario. Desde el segundo año de vigencia de la Ley, el plazo máximo será de 45 días.
• Este plazo es improrrogable y se calcula a partir de la fecha de recepción de las mercancías o terminación de la prestación de los servicios.
• Con respecto a las operaciones mercantiles que se realicen en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el plazo máximo será de 60 días.
• Así mismo, los contratos estatales que se celebren con las micro, pequeñas o medianas empresas tendrán un plazo máximo de 60 días para realizar el pago acordado.
• Desde el Gobierno se buscará reconocer a todas aquellas empresas que cumplan con esta medida y ayuden al crecimiento de los emprendimientos más pequeños.