Finalmente salió incólume la Ley de Garantías de las comisiones primeras de Senado y Cámara que pretendían derogar algunos de sus artículos durante el trámite de la reforma al Código Electoral.
Las bancadas acordaron buscar un acuerdo político sobre la materia, que incluya por supuesto al Gobierno, pero también alcaldes y gobernadores, a través de las federaciones Colombiana de Municipios (Fedemunicipios) y Nacional de Departamentos (FND).
- Cubrimiento: Ley de Garantías enreda reforma al Código Electoral
Una subcomisión que estudió las salidas al final de las sesiones conjuntas, que durante cinco días consecutivos le dieron primer y tercer debates simultáneos al proyecto, acordó excluir cualquier referencia a la Ley de Garantías en el primer debate del Código Electoral y, como ya se mencionó, redactar de manera multipartidista el texto que será radicado para el segundo debate frente al tema.
Desde el punto de vista del senador Gustavo Petro, de Colombia Humana, el jueves por la noche “logramos detener la derogatoria de la Ley de Garantías electorales en último momento, logrando empatar la votación en la Comisión Primera de Senado que perdimos en Cámara. Para plenaria debe construirse un nuevo estatuto de garantías electorales”.
Finalmente este viernes se aprobó casi por unanimidad el artículo 268 del proyecto de reforma al Código Electoral con el siguiente texto: “Vigencia. El presente Código Electoral rige a partir de su promulgación y deroga todas las demás disposiciones que le sean contrarias”.
Se enredó
Como lo había informado EL NUEVOSIGLO, el trámite de la iniciativa se enredó por cuenta de la propuesta, contenida en el informe de ponencia, de derogar varios artículos de la Ley de Garantías.
Desde el lunes pasado, senadores y representantes debaten el articulado radicado el 24 de agosto con mensaje de urgencia por la ministra del Interior, Alicia Arango, el registrador nacional Alexander Vega y el presidente del Consejo Nacional Electoral, Hernán Penagos.
En la ponencia, el referido artículo 268 planteaba que “el presente Código Electoral rige a partir de su sanción, deroga el Decreto Ley 2241 de 1986, los artículos 30, 32, 33 y el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, el artículo 57 de la ley 65 de 1993 y todas las demás disposiciones que le sean contrarias”.
El artículo 32 de la Ley de Garantías establece que cuatro meses antes de la elección presidencial y hasta la segunda vuelta se suspende cualquier vinculación que afecte la nómina de la Rama Ejecutiva, con excepción de los contratos para cubrir emergencias sanitarias o educativas, etc.
A su vez el 33 señala que cuatro meses antes de la elección presidencial y hasta la segunda vuelta está prohibida la contratación directa, excepto los contratos de seguridad y defensa, crédito público, cubrimiento emergencias, reconstrucción de infraestructura, etc.
En cuanto al parágrafo del artículo 38, allí se precisa que cuatro meses antes de cualquier elección no se podrán celebrar convenios interadministrativos, inauguración de obras con candidatos, autorizar el uso de bienes públicos para proselitismo, etc.
Quienes se opusieron a esa derogatoria consideraron que esos incisos evitan que los recursos públicos y el poder de las administraciones municipales, departamentales y a nivel nacional sean puestas a disposición de las campañas electorales.
Garantías
El representante por Bogotá, Juan Carlos Losada, del Partido Liberal, propuso sacar del artículo la expresión “los artículos 30, 32, 33 y el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005”, pero fue derrotado.
Dicha derrota, si bien fue amplia en Cámara, fue muy cerrada en Senado (una primera votación quedó empatada), por lo que varios congresistas plantearon no votar el artículo como viene en la ponencia y buscar, como efectivamente se consiguió, una fórmula acordada entre todas las bancadas.
El senador Armando Benedetti, que recientemente renunció al Partido Social de Unidad Nacional (La U), manifestó que “mi compromiso como coordinador ponente del Código Electoral es no permitir que no se le den las garantías a la oposición. Un Código Electoral sin el apoyo de la oposición es la negación de la dignidad y de la igualdad entre gobernantes y gobernados”.
De otra parte, Benedetti al hacer un balance de lo aprobado en primer y tercer debates, todo cual pasará ahora a ser estudiado por aparte en las plenarias de Senado y Cámara, señaló en primer lugar la paridad en las listas, pero también la equidad de género en la Registraduría, la regulación de encuestas, las nuevas modalidades de voto y la mejora en el proceso de escrutinios.
Según lo expuso el senador Benedetti, “todos los artículos sobre auditoría y escrutinios se mejoraron atendiendo a las preocupaciones de la oposición y la experiencia del partido MIRA y Gustavo Petro. Tenemos un proyecto mucho mejor al que se presentó. Con tranquilidad puedo decir que tendremos un buen código”.