JEP advierte a exFarc: sí renuncian pierden beneficios | El Nuevo Siglo
MAGISTRADO ROBERTO Vidal, Presidente de la JEP. /Foto Prensa y Comunicaciones JEP.


Miércoles, 7 de Febrero de 2024

UN CONTRAPUNTEO entre la Jurisdicción Especial (JEP) y el partido Comunes se presentó ayer, a raíz de la citación del tribunal a los nueve exmiembros de las extintas Farc-EP para rendir versión libre y aportar verdad sobre el atentado al Club El Nogal, cometido en Bogotá el 7 de febrero de 2003 y que dejó 36 personas muertas y 198 heridas.

Entre los citados hay tres miembros del antiguo secretariado de las extintas Farc-EP: Rodrigo Londoño Echeverry, Julián Gallo Cubillos, Milton de Jesús Toncel; y, otros seis exintegrantes de esa guerrilla: Fabián Ramírez Cabrera; Floresmiro Burbano, conocido como ‘Martín Corena’; Jaime Tapiro García, conocido como ‘Rubén Polanco’ o ‘Chencho’; José Edwin Aldana, alias ‘Leonardo Posada’; Herminsul Arellán Barajas, ‘Pedro’ o ‘El Flaco’; y Fernando Arellán Barajas.

Hasta el momento, solamente Rodrigo Londoño Echeverry, Herminsul Arellán Barajas y Fernando Arellán Barajas habían sido llamados por la justicia colombiana a rendir cuentas por estos hechos. Los demás convocados, son llamados ante la JEP porque las investigaciones previas o declaraciones públicas de ellos mismos, indican que pueden aportar verdad sobre este atentado.

Reacciones

Frente a ello, el Partido Comunes, por intermedio del su director Rodrigo Londoño, Timochenco, sostuvo que “la JEP quiere dictar resoluciones por cada macro caso, cuando la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz dice que debe haber una resolución única de conclusiones y esto vulnera de manera grave la seguridad jurídica de los comparecientes, especialmente, en lo referente al principio de legalidad”.

Señala el comunicado de Londoño que “en total hay 4.485 solicitudes de amnistía que han sido tramitadas por la JEP. Pero de estas, solo 688 han sido concedidas y 3.804 han sido negadas, y esto pone en riesgo el Acuerdo de Paz porque genera falta de confianza”.

Ante esa réplica de los exFarc, la JEP dijo que “la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es el mecanismo de justicia del Acuerdo Final de Paz, y el marco de actuación fue establecido en la Constitución Política y las leyes de procedimiento y estatutaria”.

Indica que “el diseño de la Jurisdicción estableció un conjunto de beneficios jurídicos que están sujetos al cumplimiento de un régimen de condiciones que todos los comparecientes deben cumplir; entiéndase Fuerza Pública, agentes de Estado, terceros y los antiguos miembros de las extintas Farc-EP”.

La verdad

Sostiene la JEP que “el propósito principal de esta jurisdicción transicional es el esclarecimiento de la verdad y la garantía de los derechos de las víctimas. La imputación de los crímenes bajo el derecho internacional a los máximos responsables es una obligación constitucional y legal que este tribunal está desarrollando y seguirá cumpliendo con el mayor rigor y transparencia”.

Asegura, asimismo, que “aquellos comparecientes que se aparten de las decisiones de la JEP e incumplan de manera grave sus compromisos están sujetos a la pérdida de los beneficios y a la reactivación de las investigaciones, los procedimientos y las sanciones penales impuestas por la justicia ordinaria”.

Señala que “la Jurisdicción reitera a los firmantes de paz que se sometieron ante este tribunal, que no les corresponde emitir órdenes ni orientaciones acerca de la manera como la magistratura debe cumplir con su mandato constitucional. Los ciudadanos, los firmantes y todos los intervinientes ante la JEP cuentan con los mecanismos procesales pertinentes para discutir las decisiones de la magistratura”.

Por último, dice que “hacemos un llamado a la sociedad, a las víctimas, a los organismos internacionales, a los organismos de control, las altas Cortes, la Fiscalía General de la Nación y al Gobierno nacional para rodear el Acuerdo Final de Paz y velar por el respeto y autonomía de la JEP”.