El Gobierno nacional anunció que le pedirá a la Corte Constitucional que seleccione para revisión jurídica la tutela mediante la cual, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia le ordenó al Ejecutivo cumplir una serie de medidas tendientes a garantizar la protesta pacífica en Colombia y limita el uso de la fuerza por parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad).
Tras conocerse el alcance de la sentencia STC641 de 2020 que tuvo como ponente al magistrado Luis Armando Tolosa Villabona, el ministro de Defensa, Carlos Holmes Trujillo García, salió en defensa de la Fuerza Pública y su actuar en el control de las manifestaciones sociales cuando se presentan alteraciones de orden público.
El ministro leyó un comunicado en el que advierte que la manifestación o protesta pública y pacífica de los ciudadanos está garantizada por la Constitución Política, siempre que esta se cumpla dentro de la política de convivencia y seguridad ciudadana.
Agregó que “la Fuerza Pública vela por garantizar la vida, los derechos y libertades, la integridad personal, bienes y honra de todos los residentes en Colombia”, y que en su accionar “cuenta con protocolos ajustados a los estándares internacionales sobre los Derechos Humanos, para proteger la vida, derechos y libertades, la integridad, bienes y honra de los residentes en Colombia”.
Estos protocolos, al decir del funcionario, incluyen los derechos de las personas que participan en las manifestaciones públicas y pacíficas, así como los de quienes no lo hacen.
Así, el jefe de la cartera de Defensa defendió la actuación del Esmad al asegurar que “se produce exclusivamente ante las acciones violentas e irracionales que constituyen delito, atentan contra los derechos de las personas y no son manifestaciones pacíficas”.
No obstante, señaló que cuando las actuaciones de integrantes de la Fuerza Pública que en el marco de la protesta violen la ley, “son individualizadas y sancionadas por las autoridades competentes y sobre ellos debe caer todo el peso de la ley”.
La sentencia de la Corte le ordena al ministro, dentro de las 48 horas posteriores a la notificación de la sentencia, pedir perdón en un acto público “por los excesos de la Fuerza Pública, en especial, aquéllos cometidos por el Esmad durante las protestas desarrolladas en el país a partir del 21 de noviembre de 2019, las cuales deberán difundirse en el mismo término, por radio, televisión y redes sociales”.
Al respecto, dijo el ministro Trujillo García que “la Fuerza Pública, en particular el Esmad, no incurre institucionalmente en excesos, y en los casos a partir del 21 de noviembre de 2019, en los que pudo existir exceso por parte de la Fuerza Pública, estos corresponderían a actuaciones individuales de algunos de sus integrantes, por inobservancia de la Constitución, la Ley, los reglamentos y protocolos”.
Agregó que por tratarse de comportamientos individuales “actualmente son objeto de investigaciones penales y disciplinarias por las autoridades competentes, quienes serán las llamadas a establecer, o no, la responsabilidad individual”.
Aunque la sentencia de la Corte dice que el Esmad debe mantenerse pues se requiere de un cuerpo especial de seguridad para evitar desmanes en las manifestaciones públicas, el Ministro dijo que se trata de un organismo que existe en muchos países.
“En el mundo, la mayoría de los países cuentan con escuadrones de la Fuerza Pública para controlar los disturbios y 105 países, entre ellos Colombia, tienen grupos o escuadrones profesionales como el Esmad, que continuamente actualizan y mejoran sus protocolos de actuación”.
Con todo, dijo el funcionario que el Gobierno continuará con el proceso de modernización y transformación de la Policía Nacional establecida en la política de convivencia y seguridad ciudadana.
Además, insistió en que el Ejecutivo seguirá enfrentando al vandalismo y todas las formas de violencia y terrorismo, como es su obligación constitucional.
La sentencia de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, además, ordena a la Policía Nacional prohibir el uso de la escopeta calibre 12, que fue la que se accionó el año pasado y causó la muerte a un estudiante.
También, ordena al Presidente de la República expedir un protocolo de comportamiento de los funcionarios públicos durante las marchas sociales y crear una mesa de trabajo con los organismos de control y la ciudadanía, entre otros aspectos.