El Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, rechazó la recusación presentada por el apoderado del ciudadano Iván Cepeda Castro contra el coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán.
Con ese recurso la defensa del senador Cepeda pretendía separar al fiscal Jaimes de la investigación que se sigue contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez. En su decisión, el Fiscal General señaló que no se configuró ninguna de las causales definidas por el artículo 56 de la Ley 906 de 2004, que regla lo relacionado con las recusaciones y los impedimentos.
Así mismo, precisó el fiscal Barbosa Delgado que “no está comprometida la imparcialidad o autonomía del fiscal del caso, ni existe enemistad del mismo con alguna de las partes vinculadas al proceso”.
El pronunciamiento del Fiscal General recuerda que la posición de jerarquía y gestión de su despacho así como la disposición de comités técnicos – jurídicos, “no afectan la independencia ni la toma de decisiones de los fiscales delegados”, y agrega que “estos principios constitucionalmente están definidos para orientar, dinamizar e impulsar el funcionamiento institucional de la entidad”.
Así mismo, recuerda que en decisión del 10 de septiembre del año en curso, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia rechazó, por unanimidad (22 votos), la recusación contra el Fiscal General de la Nación, “por lo que el argumento planteado por el apoderado del señor Cepeda sobre la ausencia de imparcialidad de los demás funcionarios de la Fiscalía quedó sin sustento”.
El Fiscal General de la Nación reafirma en su comunicación que “las acciones investigativas avanzan con absoluta responsabilidad y rigor. Cualquier determinación estará al amparo de la ley y las garantías constitucionales que les asisten a las partes”.
De esta forma, la actuación del ente de acusación del Estado continuará para el desarrollo del proceso que se sigue contra el exsenador Uribe Vélez como presunto determinador de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal.