La Sección Segunda del Consejo de Estado, con ponencia del consejero Gabriel Valbuena Hernández, dictó sentencia en la que encontró ajustada a derecho la Resolución 040 de 2015, por medio de la cual el Procurador General de la Nación convocó a concurso público para proveer los cargos de procuradores judiciales I y II.
El alto Tribunal reivindicó en su decisión la autonomía e independencia de la Procuraduría General de la Nación, la especialidad de su régimen de carrera y la potestad que el Decreto Ley 262 de 2000 le otorga al Procurador General como director y administrador de la carrera de ese organismo de control.
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En dicho fallo se declaró la legalidad condicionada de algunos apartes de los artículos, 5 y 17 de la resolución demandada, fijando de esta manera un precedente jurisprudencial respecto de la validez que tienen tanto los libros impresos como en formato digital, los cuales deberán calificarse bajo los mismos criterios y parámetros, en términos de igualdad, siempre y cuando la propiedad intelectual de unos y otros se encuentre debidamente registrada y cuenten con el respectivo ISBN (International Standard Book Number).
Por otra parte, determinó que en la prueba de análisis de antecedentes también debe otorgarse puntaje a los títulos de maestría, doctorado o posdoctorado en derecho, cuyo título no especifique un área jurídica concreta, pero de los cuales se pueda derivar que cuentan con el conocimiento exigido en cada convocatoria.
Finalmente, en la sentencia se dejó en claro que las decisiones de legalidad condicionada tendrían efecto hacia futuro, con el objeto de proteger las situaciones jurídicas consolidadas de quienes participaron y superaron las etapas propias del concurso y fueron nombrados como procuradores judiciales.