El Congreso en pleno está citado para que el 13 de noviembre para elegir al reemplazo del fallecido magistrado conservador Heriberto Sanabria, pero las posiciones de los partidos siguen sin conciliarse
____________
La novela que inició con la muerte del magistrado Heriberto Sanabria parece llegar a su fin, pues el próximo 13 de noviembre el Congreso en pleno elegirá a su reemplazo.
Esto luego que el presidente del Senado, Lidio García, del Partido Liberal, firmara la resolución 097 en la que fija el cronograma para que se elija al nuevo integrante del Consejo Nacional Electoral (CNE).
Según el cronograma, los partidos tienen hasta el próximo 7 de noviembre para presentar sus candidatos. La apertura de la convocatoria se hará hoy, 1 de noviembre, a las 8 de la mañana. El 12 de noviembre la comisión de Acreditación Documental de Senado evaluará las hojas de vida de los aspirantes al cargo. Ese mismo día entregará un acta al Presidente de la corporación para que en la sesión plenaria se defina quién será el reemplazo.
Los partidos que hicieron parte de la primera plancha ya tienen listos sus candidatos. El Partido Conservador presentará a la exmagistrada María Mercedes López como su carta para reemplazar a Sanabria, quien también era conservador. El Partido Liberal presentará el nombre del exdirector del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), Juan Antonio Nieto. Esos partidos, entonces, decidieron resolver la disputa a voto limpio.
Lío político
Además, las colectividades se mantienen en sus tesis. El Partido Conservador insiste en que el reemplazo de Sanabria debe ser del mismo partido, contrariando los conceptos del Consejo de Estado y la Procuraduría. Por otro lado, el Partido Liberal presenta a su candidato diciendo, en voz baja, que debido a que el candidato Hollman Ibáñez no cumplía los requisitos, el siguiente en la lista para reemplazar a Sanabria tenía que ser liberal. Sin embargo, el partido Colombia Justa Libres, en el que milita Ibáñez, sostiene que la Comisión de Acreditación, que realizó el análisis de las hojas de vida cuando se eligieron los magistrados, cometió un error.
En ese sentido, Colombia Justa Libres consideró ilegal la elección por lo que no presentará candidato. Según el senador y presidente de esa colectividad, John Milton Rodríguez, “nosotros no nos acogemos a esa elección porque es ilegal. Lo mismo será la elección que se haga de un nuevo magistrado. Nosotros estamos en la defensa de un derecho que se nos quiere desconocer”.
El senador Rodríguez le aclaró a EL NUEVO SIGLO que “llevamos varias acciones legales en tribunales nacionales e internacionales. Ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos estamos avanzados en ese proceso y no lo dejaremos de hacer porque es nuestro derecho. El concepto de la Sala de Consulta del Consejo de Estado es un concepto no vinculante que está confirmando un concepto reciente en el mismo sentido del mismo tribunal. Además, hay elementos precedentes como el de la Procuraduría que respetaba la lista de elegidos; en ese sentido, 86 congresistas de todos los partidos solicitaron lo mismo al Presidente del Congreso”.
Actualmente el CNE tiene ocho magistrados: Doris Méndez (Partido Liberal); César Abreo (Partido Liberal); Jaime Luis Lacouture (Partido Conservador); Hernán Penagos (Partido Social de Unidad Nacional, La U); Jorge Rozo (Cambio Radical); Renato Contreras (Centro Democrático); Pedro Felipe Gutiérrez (Centro Democrático); y Luis Guillermo Pérez (partidos de oposición).
Lío jurídico
Esta no es la primera vez que el tema por la elección de un magistrado del CNE calienta la arena política. En 2017 la sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado emitió un documento reservado en el que asegura se debe convocar una nueva elección.
En ese momento, el entonces magistrado del CNE, Carlos Camargo, presentó su renuncia y ante la duda jurídica el entonces ministro del Interior, Guillermo Rivera, elevó la consulta ante el tribunal.
“Ante la falta absoluta de un miembro del Consejo Nacional Electoral, por renuncia aceptada u otra causal, es necesario que el Congreso de la República efectúe una nueva elección para reemplazar a quien deba ocupar el cargo vacante. Tal elección debe hacerse de la forma que lo establece el artículo 264 de la Carta Política, con las salvedades establecidas en el reglamento del congreso”, aseguró el documento.
Según el alto Tribunal, los partidos que hicieron parte de la coalición pueden acogerse a la misma lista presentada o pueden reconfigurar una completamente nueva, “pues ni la Constitución ni la ley establecen restricciones en esa materia”.
Así mismo, la Procuraduría se refirió al tema asegurando que la curul “no pertenece a ningún partido en particular”, y recomendó hacer el llamado para cubrir la vacancia absoluta y continuar en orden sucesivo y descendente con la lista original presentada en su momento por las colectividades, “de manera que no resulta necesario modificarse dado que su integración fue el resultado de un acuerdo manifiesto de las agrupaciones que integraron la coalición”.
Hace pocos días otro concepto de la misma sala de consulta del Consejo de Estado reiteró que “ante la falta absoluta de un miembro del Consejo Nacional Electoral por muerte u otra razón, es necesario que el Congreso de la República en pleno efectúe una nueva elección para reemplazar a quien deba ocupar el cargo vacante”.
Dicho documento agregó que “ante la imposibilidad de utilizar el método de ‘cifra repartidora’, debe aplicarse el sistema mayoritario simple, de acuerdo con el quorum que resulte aplicable”.
Igualmente, la sala sostuvo que “para la postulación de candidatos, la coalición respectiva o, en su defecto, los partidos y movimientos políticos que la integraban se encuentran en la libertad de acogerse a la misma ‘lista’ que en su momento presentaron, de reconfigurarla, total o parcialmente, o de presentar nuevos candidatos, pues ni la Constitución ni la ley establecen restricciones en ese punto”.