Distrito será responsable de planta de lixiviados en Doña Juana: Consejo de Estado | El Nuevo Siglo
La corporación señaló que la operación del relleno debe ser compartida entre la alcaldía y el operador / ENS, archivo
Lunes, 5 de Agosto de 2024
Redacción Política

Ante el controversial litigio entre el operador del relleno sanitario Doña Juana – CGR y el Distrito Capital, el Consejo de Estado se pronunció el pasado 2 de agosto ratificando que la responsabilidad de las inversiones y financiación para la optimización de la planta de tratamiento de lixiviados es del Distrito y como consecuencia es responsable del vertimiento al río Tunjuelo. 

 

Durante muchos años, el Distrito fue ajeno a la necesidad de optimizar la planta de lixiviados, pretendiendo dejar la responsabilidad de las inversiones sólo en cabeza del operador. Esta planta es la encargada de hacer el tratamiento al liquido que genera la basura cuando se descompone y fue un tema que generó polémica en la anterior administración. En la actualidad procesa 27 litros por segundo, sin embargo, con este pronunciamiento el Distrito deberá coordinar con el operador la realización de las obras pendientes que son complementarias a las millonarias inversiones que ha realizado el operador y de responsabilidad del Distrito, para que la planta cumpla con las exigencias de la autoridad ambiental.

En cuanto a la cuantiosa suma de dinero que debía pagar la administración al concesionario, el máximo órgano, determinó que los árbitros no eran competentes en la aplicación de las fórmulas para el pago de las tarifas, por tal razón remitió el asunto al Tribunal Administrativo de Cundinamarca e indicó que ”el tribunal es competente en virtud del numeral 4 del artículo 152 del CPACA que establece que dicha corporación conoce en primera instancia de los procesos“ relativos a los contratos, cualquiera que sea su régimen, en los que sea parte una entidad pública en sus distintos órdenes (…) cuando la cuantía exceda de quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.

En este escenario, la disputa entre el Concesionario y el Distrito se prolonga, no solo porque según los expertos consultados, la decisión del máximo órgano judicial puede ser impugnada mediante la interposición de un recurso de tutela, porque con la decisión del Consejo de Estado el hecho de la insuficiencia en la remuneración permanece sin cambios, para ser definido por el tribunal administrativo y de esta manera las pretensiones del concesionario se mantienen vigentes.

Finalmente, tal como reza el documento  “(…) en los demás aspectos decididos, el laudo queda en firme por no haber sido afectados con la declaración de nulidad (…)”.