Debate en Bogotá por derecho a convocar paros | El Nuevo Siglo
Montaje El Nuevo Siglo
Miércoles, 19 de Febrero de 2020
Redacción Web

En el Concejo de Bogotá se dio un duro enfrentamiento por cuenta del derecho a convocar paros.

Mientras que el concejal Humberto Rafael Amín, del Centro Democrático, aseguró que en Colombia existe el derecho a la protesta, pero no el derecho a paro, la cabildante Heidy Sánchez, de la coalición Colombia Humana-UP, señaló que el paro está regulado por la Corte Constitucional.

Según Amín, “algunos sectores convocan el paro para que los niños no vayan a los colegios, los comercios no operen y los trabajadores no trabajen. Señores: el derecho al paro no existe”. A renglón seguido explicó que ese derecho “no está legal ni constitucionalmente respaldado. Hay un derecho a la protesta, a la manifestación pacífica y pública. ¿Hasta dónde podemos llegar incitando a los ciudadanos a que paralicemos una ciudad sin pensar en los demás?”.

Amín consideró que hay que pensar “en quienes quieren trabajar correctamente. Se necesita autoridad para decirles a quienes se manifiestan que hay unos que no queremos manifestaciones, que queremos llegar a nuestras casa y a estar con nuestros hijos”.

Así mismo, Amín sostuvo que “no podemos estar convocando a paros cuando en Colombia no está protegida. Aquí está contemplada la protesta social y pacífica. Cuando vemos que estamos alterando a la ciudadanía y para hacer manifestaciones no pacíficas, y que se paralice a la ciudad, no es algo contemplado en la ley ni en la Constitución, ni en los tratados”.

Sin embargo, la concejala Sánchez desmintió a Amín: “No es cierto que en Colombia no haya derecho al paro. Está contemplado en el artículo 37 de la Constitución, que implica el uso del espacio público, incluidas las calles para protestar. Así se reconoció desde la Asamblea Nacional Constituyente (gacetas 5 y 22)”.

En ese sentido, expresó que “el derecho a la protesta -que no es lo mismo que el derecho a la libertad de expresión- implica ejercer presión al poder, haciendo uso de herramientas como el bloqueo de vías. Así lo ha dicho la Corte Constitucional en las sentencias C-742/2012, C-223/2017, C-281/3017 y C-009/2018”.

Sánchez insistió en que “la misma Corte estableció que el artículo 353A del Código Penal debe entenderse en tanto que la única movilización ilegal es la que instiga al odio racial o al genocidio. De manera que sí: en Colombia es un derecho protestar, bloquear vías y hacer o llamar a un paro”.

La cabildante radicó junto a su copartidaria Susana Muhamad un escrito rechazando las declaraciones de Amín, “porque implican que nuestra coalición, en cabeza de nuestros representantes y a través de nuestro ejercicio político, estamos incitando a la violencia y desconoce nuestro derecho legítimo a la manifestación ciudadana la protesta social y el paro. Con estas intervenciones el concejal difama y estigmatiza a nuestro movimiento, Colombia Humana-UP, que en caso de este último significó un genocidio