Cuatro pulsos por la JEP | El Nuevo Siglo
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Domingo, 24 de Febrero de 2019
Unidad de análisis
La polémica en torno a si el presidente Duque debe objetar o no algunos artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) se desenvolvió en los flancos político, jurídico, institucional y electoral. Solo cuando el Jefe de Estado tome su decisión se sabrá qué sectores ganaron y cuáles perdieron

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Una vez más la justicia transicional derivada del Acuerdo de Paz entre el gobierno Santos y las Farc está en el centro del debate político, jurídico, institucional y electoral. Y, una vez más, la polarización del país alrededor del pacto negociado por cinco años, firmado a finales de 2016 y que lleva más de dos años de implementación, se evidenció como intacta.

Esta vez el motivo de la discordia es si el presidente Iván Duque debe objetar o no algunos artículos de la Ley Estatutaria de la JEP, que fue aprobada por el Congreso en noviembre de 2017, en el marco del ‘fast track’ o vía rápida legislativa para tramitar en el Parlamento las leyes y reformas constitucionales necesarias para el arranque normativo del acuerdo con la exguerrilla.

Por ser una norma de carácter estatutario (es decir que reglamenta derechos fundamentales) y porque así también lo señaló el pacto habanero, la ley fue remitida a la Corte Constitucional de inmediato para el control de exequibilidad.

El alto Tribunal solo dio su veredicto en agosto del año pasado, avalando la mayoría de los 166 artículos, aunque devolvió la norma al Congreso para que se corrigieran varios aspectos con el fin de precisar su interpretación taxativa. Aspectos relacionados con el régimen de inhabilidades de los magistrados de la JEP, las condiciones para la participación política de los desmovilizados de las Farc, cómo resolver las solicitudes de extradición de cobijados por este proceso de paz y la delimitación de competencia de la jurisdicción en cuanto a procesos en donde se corrobore la participación de terceros en delitos relacionados con el conflicto armado.

Entre lo que la Corte determinó estuvo que los delitos sexuales cometidos por los guerrilleros, incluso contra menores de edad, serían juzgados por la JEP y no por la justicia ordinaria, como se había aprobado inicialmente en el Parlamento.

Desde el momento en que la norma fue devuelta al Congreso se sabía que el trámite de las correcciones ordenadas por la Corte a la Ley Estatutaria no sería fácil, ya que para entonces no solo el uribismo, crítico a cual más del proceso de paz y sobre todo de las bases fundacionales de la JEP, acababa de acceder, con Duque, a la Casa de Nariño, sino que el Centro Democrático encabezaba el Senado y lideraba la nueva coalición parlamentaria oficialista.

Dicho y hecho. El proceso de revisión en el Congreso se complicó a finales del primer tramo de la legislatura. Y luego, entre enero y comienzos de febrero de este año, se generó una polémica en donde se acusó al presidente del Senado, el uribista Ernesto Macías, de ‘engavetar’ la norma para dilatar su firma y el envío a sanción presidencial. Todo ello en medio de más críticas del Centro Democrático a la JEP y los anuncios de proceder a presentar otro proyecto para reformarla, bajo su reiterada tesis que esa jurisdicción da pie a la impunidad de los guerrilleros que cometieron delitos atroces y no garantiza tampoco los principios básicos de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición para las víctimas.

Del otro lado, el propio partido Farc, la izquierda, sectores santistas y varias colectividades que apoyaron el acuerdo en el gobierno pasado, acusaron al uribismo de querer bloquear el accionar de la JEP como parte de su velada estrategia para hacer “trizas” el acuerdo de paz poco a poco.

Solo en la segunda semana de febrero, después de un debate político entre defensores del pacto y críticos del mismo, e incluso mediando ‘excusas’ tan ilógicas como que la demora en la firma de la ley por parte de los presidentes del Senado y la Cámara se debió a un problema con una impresora, por fin el articulado de la Ley Estatutaria de la JEP fue enviado por el Congreso a la Casa de Nariño para que Duque procediera a su respectiva sanción y entrada en vigencia.

Hay que ser claros: el que no estén en vigor la Estatutaria como tampoco la ley procedimental (aprobada por el Congreso en el primer semestre del año pasado y aún pendiente de fallo de exequibilidad en la Corte Constitucional), no ha impedido que la JEP ya esté adelantando cinco macroprocesos por delitos de alto impacto, e incluso la semana pasada los cabecillas desmovilizados empezaron a declarar en la investigación sobre secuestros. Sin embargo, es urgente que esas normas procedimentales entren a regir para solidificar todo el funcionamiento de la justicia transicional. Por eso la misma presidenta de la JEP, magistrada Patricia Linares, le insistió esta semana a Duque, en medio de toda la polémica, que sancionara la ley sin pero alguno.

 

Más leña al fuego

Sin embargo, la controversia alrededor de la Ley Estatutaria no terminó con su remisión a sanción presidencial. Por el contrario, aumentó el pulso político, jurídico, institucional y electoral, sobre todo en cuanto a si Duque firmará en su totalidad el articulado, dando pie a su entrada en vigencia, o si, en su defecto, objetará por inconstitucionalidad o inconveniencia algunos de los artículos que más polémica suscitan.

En el flanco político es claro que alrededor de la JEP se revivió el pulso entre defensores y críticos del acuerdo con las Farc que ha marcado esta década. De un lado está el Centro Democrático -con el propio expresidente Álvaro Uribe a la cabeza- y algunos sectores de centro-derecha que consideran que la justicia transicional es muy laxa con los victimarios, y prueba de ello es que ya sus cabecillas están ejerciendo la política sin haber confesado la verdad de todos sus delitos, no han entregado las fortunas escondidas para la reparación de las víctimas ni pagado un solo día de cárcel por los graves delitos cometidos en cinco décadas de barbarie.

En el otro lado figuran varios sectores marcadamente de centro e izquierda que advierten que el uribismo y sus afectos quieren, así lo nieguen reiteradamente, hacer “trizas” poco a poco el Acuerdo de Paz con las Farc, bloqueando no solo a la JEP, sino quitándole prioridad presupuestal y de gestión gubernamental a la implementación del pacto.

Como se ve, estamos frente a un capítulo más, de los tantos en los últimos años, de la polarización alrededor de cómo alcanzar la paz y acabar con el conflicto armado.

 

ENS

Lo cierto es que juristas, ex magistrados y expertos están divididos entre quienes consideran que sí es viable que Duque objete parcialmente la norma por evidentes vicios jurídicos y de inconveniencia política, y los que advierten que ya la Corte avaló tanto el acto legislativo que creó la JEP como su Ley Estatutaria, razón por la cual no le corresponde al Ejecutivo desconocer esos fallos de exequibilidad, pues incurriría en un choque de poderes con el máximo tribunal.

Aquí es, precisamente, en donde se configura el segundo pulso, el institucional, alrededor de la controversia semanal por la JEP, toda vez que están en juego las facultades y preeminencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en la materia. Para algunos sectores los fallos de la Corte Constitucional son incontrovertibles, pues se trata del máximo tribunal de cierre y guarda de la Carta Política. Más aún, traen a colación que existe un acto legislativo que ordena a este gobierno y a los próximos dos que cumplan de “buena fe” el Acuerdo de Paz.

Pero para otras instancias el Congreso no supo aplicar los correctivos interpretativos ordenados por la Corte y, por ende, proceden las objeciones por inconstitucionalidad, pero también por inconveniencia política, ya que Duque fue elegido con la promesa de ‘corregir’ el pacto con las Farc.

Tampoco faltan los sectores que advierten que la propia jurisprudencia constitucional enseña que la interpretación de la Carta no es asunto pétreo o inmodificable, sino que es dinámico y sujeta a la hermenéutica. En otras palabras, que al objetar la ley, Duque le podría dar la oportunidad a la Corte para que analice de nuevo el marco jurídico del acuerdo de paz y pueda, eventualmente, ajustarlo a las nuevas realidades jurídicas e incluso políticas del país, y la praxis de los dos años de implementación.

 

Pulso jurídico

El tercer pulso, el jurídico, se dio por todo lo alto. El propio fiscal general Néstor Humberto Martínez le envió una carta a Duque en donde reiteró sus fuertes reparos a la Estatutaria, advirtiendo incluso que el texto que le fue enviado al Presidente para sanción “lamentablemente modifica el consenso al que se llegó en el Congreso y puede tener graves impactos en la política criminal del Estado”.

Son cuatro los reparos fundamentales del jefe del ente acusador: 1- La Fiscalía no podría investigar a reinsertados reincidentes en delitos de narcotráfico. 2.  Reincidir en secuestro, narcotráfico y homicidio no implicaría perder todos los beneficios. 3- Se incurre en una peligrosa suspensión de investigaciones de delitos relacionados con el conflicto. 4- Hay impunidad para autores de crímenes de guerra que no sean máximos responsables de los mismos.

Mientras que muchos sectores del país interpretaron la carta del Fiscal a Duque como un espaldarazo a la posibilidad de objetar la Ley Estatutaria, del otro lado empezaron a surgir argumentos de igual peso contrariando esa eventualidad.

El más significativo provino del procurador general Fernando Carrillo, quien advirtió que “constitucionalmente no es admisible la formulación de objeciones presidenciales en este momento del trámite legislativo”.

Sustentó su tesis, igualmente, en cuatro argumentos: 1- Por el régimen constitucional propio o el especial aplicable al acuerdo de paz “la oportunidad de objeción caducó al momento de emitirse el fallo de la Corte”. 2. Debe respetarse el principio de cumplimiento de buena fe del acuerdo de paz, según el acto legislativo 02 de 2017. 3-  Respetar la premisa de la intangibilidad de los fallos de la Corte Constitucional, pues “luego del fallo proferido no pueden formularse de nuevo esta clase de controversias”. 4- Contar con esta Ley facilita el principio de garantía de los derechos de las víctimas.

La Corte Penal Internacional (CPI) también terció en la polémica. El vicefiscal James Stewart dijo que ese tribunal trasnacional apoya la justicia transicional adoptada a las necesidades del Estado colombiano. “Si fueran implementadas y aplicadas adecuadamente, podrían cumplir con los objetivos de rendición de cuentas, disponibilidad de recursos para las víctimas y contribución a la disuasión de crímenes futuros, previstos en el Estatuto de Roma”, señaló.

Stewart abogó, igualmente, porque la Fiscalía y la JEP puedan establecer conjuntamente una distribución eficiente de trabajo y sinergias. “A tal fin, observamos la importancia de que la JEP tenga un marco legal definido. De no ser el caso, esto podría constituir un revés y tendríamos que considerar sus implicaciones”, puntualizó.

A esas opiniones a favor y en contra de las objeciones se sumaron una gran cantidad de voces a nivel nacional e internacional. Es más, analistas, congresistas, exnegociadores de paz y distintos dirigentes interpretaron los argumentos de cada bando de forma muy distinta, acorde a sus particulares posturas.
 

Trasfondo electoral

Pero como si lo anterior no fuera poco, a los pulsos político, institucional y jurídico en torno a la Estatutaria de la JEP se sumó uno más: el electoral.

De un lado, en el marco de la campaña para los comicios de octubre próximo en donde se escogerán gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles, la mayoría de los partidos e incluso más de un candidato o precandidato acudieron a discursos políticos con fondo proselitista, cruzando graves calificativos como “amigos de la paz”, “guerreristas”, “amigos de las Farc”, “pacifistas”, “entregados a la guerrilla”, “pro-terroristas”…

Por otra parte, en medio de la polarización de esta semana los sectores defensores del acuerdo de paz plantearon la posibilidad, incluso, de promover que en los comicios de octubre se introduzca en las urnas una papeleta a favor de respetar y cumplir el pacto con las Farc. Y, de inmediato, desde la otra orilla los críticos dijeron estar listos a ese reto electoral y recordaron, incluso, lo ocurrido con el plebiscito de 2016 que ganó el No pero luego Santos maniobró para que el Congreso le terminara avalando el acuerdo con la guerrilla.

Entre esos cuatro pulsos está el presidente Duque, quien se ha cuidado de afirmar si quiere o no objetar la Ley Estatutaria. Lo que sí ha dicho es que la decisión la tomará "pensando siempre en lo que le convenga al país”.

“Lo haré pensando que en este país tengamos genuina verdad, genuina justicia, genuina reparación y genuina no repetición. Vamos a cumplir, como siempre, nuestra responsabilidad con mucho rigor. Yo tomaré los tiempos que me otorga la ley”, dijo Duque. Lo “importante (es) que tengamos un marco normativo que permita obrar conforme a esos objetivos”.

El plazo para sancionar u objetar vence a comienzos de marzo y solo entonces se sabrá a ciencia cierta quiénes ganaron y quiénes perdieron estos cuatro pulsos.