ENTRE HOY y el viernes la Corte Interamericana de Derechos Humanos celebrará en Colombia, en Bogotá, su 162 periodo ordinario de sesiones, por invitación del Gobierno nacional. Como parte de las actividades contempladas revisará el cumplimiento de cinco sentencias contra nuestro país.
Posteriormente, el periodo de sesiones continuará de manera virtual hasta el 20 de octubre, durante la cual la Corte seguirá con la deliberación de sentencias, que ya se encontraban en estudio del Tribunal.
El presidente de la Corte Interamericana, el juez Ricardo Pérez Manrique, manifestó que “la celebración de este periodo de sesiones de la Corte Interamericana en Colombia es una gran oportunidad para que se profundice el conocimiento del trabajo del Tribunal, así como la participación en las actividades públicas de todos quienes estén interesados en la temática de los derechos humanos”.
Añadió el juez Pérez Manrique que “en la reciente visita del presidente de Colombia, Gustavo Petro, extendemos nuestro agradecimiento al Estado por esta invitación y con ello recordar la importancia de este tipo de instancias para el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”.
Durante el periodo de sesiones se realizarán en la sede de la Defensoría del Pueblo tres audiencias públicas de casos contenciosos y se harán audiencias de supervisión de cumplimiento de sentencias. Además, se desarrollará hoy un seminario internacional en la Universidad Externado.
La ceremonia de instalación del 162 periodo ordinario de sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se realizará hoy en la Cancillería.
Casos contenciosos
La Corte celebrará de manera presencial audiencias públicas en tres casos contenciosos, uno de ellos Huilcaman Paillama y otros vs. Chile, relacionado con la alegada responsabilidad del Estado chileno por presuntas violaciones en el marco de un proceso penal seguido en contra de 140 personas pertenecientes a la etnia mapuche, en el contexto de una serie de protestas llevadas a cabo en 1992 en ocasión de los 500 años de la conquista española de América.
También el caso Pérez Lucas y otros vs. Guatemala, que se refiere a la alegada responsabilidad del Estado por las supuestas violaciones que habrían tenido lugar como consecuencia de la detención, en abril de 1989, de los señores Agapito Pérez Lucas, Nicolás Mateo, Macario Pú Chivalán y Luis Ruiz Luis, su posterior desaparición forzada y el alegado estado de impunidad en el que se encontrarían las investigaciones al respecto.
Finalmente el caso Leite de Souza y otros vs. Brasil, el cual corresponde a la alegada responsabilidad del Estado por la presunta desaparición forzada de Viviane Rocha, Cristiane Leite de Souza, Wudson de Souza, Wallace do Nascimento, Antônio Carlos da Silva, Luiz Henrique Euzébio, Edson de Souza, Rosana Lima de Souza, Moisés dos Santos Cruz, Luiz Carlos Vasconcelos de Deus y Edio do Nascimento, así como los alegados actos de violencia sexual en contra de la mujer, en el marco de tales desapariciones.
Sentencias contra Colombia
La Corte supervisará esta semana el cumplimiento de cinco sentencias que adoptó contra el Estado colombiano.
Una es el caso Isaza Uribe y otros vs. Colombia, sentencia dictada en 2018 por la desaparición forzada del señor Víctor Isaza Uribe, ocurrida el 19 de noviembre de 1987 en el municipio de Puerto Nare, Antioquia.
Igualmente, el caso por las masacres de Ituango vs. Colombia, sentencia que se produjo el 1. ° de julio de 2006 por los hechos ocurridos en 1996 y 1997 en los corregimientos La Granja y El Aro de este municipio de Antioquia.
Además, el caso Vereda La Esperanza vs. Colombia, sentencia del 31 de agosto de 2017 por la desaparición forzada de 12 personas y la privación arbitraria a la vida de otra ocurridas en la Vereda La Esperanza del municipio de El Carmen de Viboral, Antioquia.
Así mismo el caso de las comunidades afrodescendientes desplazadas de la cuenca del río Cacarica (Operación Génesis) vs. Colombia, sentencia del 20 de noviembre de 2013 por hechos que se desarrollaron en el Urabá chocoano a finales de la década de 1990, cuando se agravó la situación de violencia por el accionar de grupos paramilitares y guerrilleros que amenazaban, asesinaban y desaparecían a la población.
Incluso el caso Bedoya Lima y otra vs. Colombia, sentencia del 26 de agosto de 2021 por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, honra y dignidad y libertad de pensamiento y expresión en perjuicio de la periodista Jineth Bedoya Lima.