La Sala Plena de la Corte Constitucional admitió el incidente de impacto fiscal presentado por el Ministerio de Hacienda en contra de la Sentencia C-489 de 2023, que prohibía deducir lo pagado por regalías de la base gravable del impuesto sobre la renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables.
En ese sentido, el alto tribunal señaló que convocó a la audiencia de impacto fiscal que prevé la Ley 1695 de 2013 por la admisión del incidente y suspende provisionalmente los efectos de la mencionada sentencia desde la fecha de notificación del auto que admitió el incidente y hasta que la corporación tome una decisión de fondo.
Por solicitud del ministro de Hacienda y Crédito Público, la Corte dispuso la apertura del incidente de impacto fiscal en enero de 2024 y concedió al solicitante un plazo de 30 días para sustentar la solicitud. En marzo de 2024, el ministro de Hacienda y Crédito Público presentó el escrito de sustentación del incidente de impacto fiscal sobre la Sentencia C-489 de 2023. Para el efecto, indicó que dicha sentencia tiene un impacto fiscal significativo. En 2024 el efecto del fallo en el flujo de caja de la Nación asciende a seis billones seiscientos cincuenta y seis mil millones de pesos.
La Sala Plena decidió admitir el incidente después de que el ministro subsanó las falencias advertidas en la sustentación inicial del incidente de impacto fiscal. Sin embargo, la Corte constató que, en la subsanación del incidente, el ministro varió el monto del impacto fiscal estimado de la sentencia. Al analizar el asunto, la Sala Plena decidió que el incidente sería admitido únicamente por el impacto fiscal inicialmente anunciado por el ministro, esto es, por 6,7 billones de pesos para la vigencia 2024.
Además, el pleno de la Corte explicó que el magistrado Vladimir Fernández Andrade y la magistrada Paola Andrea Meneses Mosquera no participaron de la decisión por impedimentos aceptados y, por consiguiente, no asistirán a la audiencia. La diligencia va a girar en torno al impacto fiscal y también los planes para el cumplimiento de la sentencia.