El Consejo de Estado falló en segunda instancia a favor de la senadora Angelica Lozano, quien fue señalada de violar el régimen de inhabilidades e incompatibilidades tras haber contraído matrimonio con la alcaldesa de Bogotá, Claudia López.
La Sala Especial de Decisión del alto tribunal había negado las pretensiones del demandante en primera instancia, pero dado que esa decisión fue apelada, le correspondió a la Sala Plena Contenciosa estudiar el caso.
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Por decisión unánime, que fue aprobada por 20 votos, se ratificó la decisión que niega la pérdida de investidura de la congresista Lozano, la cual fue argumentada explicando que López ejerce autoridad civil y política, en este caso pertenece a la circunscripción territorial, el Distrito Capital, mientras Lozano pertenece a la circunscripción nacional.
Además, para el Consejo de Estado, se trata de una inhabilidad no sancionatoria, pues la prohibición solo puede configurarse si está vigente en el periodo comprendido entre la inscripción de la candidatura y el momento de la elección del respectivo parlamentario.
En este caso, López y Lozano contrajeron nupcias después de que esta fuera electa como alcaldesa mayor de Bogotá, por lo tanto "dado que el vínculo de la congresista con quien detenta autoridad civil y política se produjo luego de su elección, no procede la causal de pérdida de investidura".