El movimiento Dignidad surgido recientemente de un sector encabezado por el senador Jorge Robledo que se salió del Polo Democrático Alternativo bajo la escisión, está la espera de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) se pronuncia sobre la petición que radicó hace algunas semanas de tener derechos plenos, entre estos una personería jurídica.
El argumento de los solicitantes es que contaban con la misma como parte de este Partido, y ahora que se retiraron deben conservarla pues de lo contrario está figura prevista en la Constitución se terminaría convirtiendo en un castigo.
El movimiento Dignidad de la mano de Robledo, uno de los senadores más votados en el país pues en las elecciones del 2018 un total de 226 mil tarjetones fueron marcados con su nombre, busca ser protagonista en el panorama político nacional desde las mismas elecciones del 2022, para las cuales este Parlamentario fue el primero en anunciar su aspiración presidencial.
El pasado 24 de octubre se reunió el V Congreso del Polo con carácter extraordinario para poner a consideración la petición que había hecho semanas atrás un grupo de integrantes del Partido pertenecientes al Movimiento Obrero Independiente Revolucionario (MOIR), liderados por Robledo, de separarse bajo la figura de la escisión motivada por diferencias ideológicas de cara a los comicios del 2022.
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La gran mayoría de los delegados del Polo que intervinieron de forma virtual en este congreso aprobó la escisión de este sector.
“Con esta decisión tomada por el órgano competente y de acuerdo a las normas estatutarias de la colectividad, a partir de la fecha este grupo hace parte de una organización política distinta. El trámite de esta separación política y organizativa se ha dado por consenso, en condiciones cordiales y de reconocimiento mutuo”, señaló el Polo en un comunicado”.
El sector que se fue del Polo está integrado por el senador Jorge Robledo; el representante a la Cámaras, Jorge Gómez Gallego; Gustavo Triana, quien se venía desempeñando como secretario general de la colectividad. Así como los siguientes que eran miembros del Comité Ejecutivo Nacional: Clara Cecilia Giraldo, Carlos Eduardo Naranjo, Francisco José Valderrama, José Fernando Ocampo, Enrique Daza Gamba, Elías Fonseca Cortina, Jazmín Romero y Carlos Mario Acero.
Al igual que Alba Luz Pinilla, Angélica Riaño, Sara Abril, Laura Catalina Nava, Jaime Moreno y Aurelio Suárez Montoya, quienes eran suplentes del Comité Ejecutivo Nacional del Polo.
El paso siguiente fue la realización de una asamblea en la que se constituyó el movimiento Dignidad y se nombró una directiva provisional.
Posteriormente Dignidad presentó ante el CNE la solicitud de personería jurídica, a la que adjuntó la documentación de la constitución del movimiento como tal así como todo lo que tuvo que ver con el proceso de escisión que se acordó en buenos términos con el Polo Democrático.
En el CNE esta solicitud ya se está tramitando y fue designado un magistrado a cargo del expediente para que presente ponencia a la Sala Plena sobre el particular.
La ley establece que la personería jurídica la obtiene un partido si logra superar el umbral de votación que se establezca en las elecciones parlamentarias y que además alcance representación en el Congreso, ya sea en el Senado o la Cámara.
La importancia de contar con este reconocimiento es que el partido obtiene una serie de beneficios como recursos anuales para financiación por parte del Estado, espacios en medios para divulgación política y poder entregar avales en las elecciones a cargos uninominales y presentar listas a las corporaciones.
La escisión
La escisión en los partidos no ha sido reglamentada por el Congreso, a pesar de que está prevista en la Ley 1475 de 2011, pues se han hundido varios proyectos de ley que se han presentado en este sentido, el primero de ellos en el año 2012 para regular la fusión y la escisión de los partidos por el entonces representante a la Cámara por el Valle, Juan Carlos Salazar.
Esta iniciativa para el caso de la escisión indicaba que se habilitaba si fuera solicitada por el 25% de sus militantes o de los miembros de las corporaciones públicas elegidos por el partido o movimiento político del cual se pretenden escindir, o el 60%