Los infractores que tengan pendiente el pago de multas de tránsito podrían ser favorecidos con un descuento del 50% del total de la deuda y del 100% sobre intereses.
Así lo propuso a través de un proyecto de ley el senador Johnatan Tamayo, expulsado en diciembre por la Alianza Social Independiente (ASI).
Se trata de una iniciativa radicada el viernes para modificar la Ley 2027 de 2020 que estableció una amnistía a los deudores de multas de tránsito, pero que venció hace cinco meses. Ahora se pretende que durante otros 12 meses los sancionados con multas de tránsito puedan acogerse a los beneficios, es decir que los infractores que tengan pendiente el pago de las multas sean favorecidos, sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito, obteniendo un descuento del 50% del total de su deuda y del 100% sobre sus respectivos intereses.
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Tamayo expresó que “este proyecto se hace teniendo en cuenta las dificultades económicas de los ciudadanos que surgen desde el año anterior por causa de la pandemia del covid-19, originando mayores inconvenientes para que pudieran acceder a los beneficios que se habían establecido con la ley anterior, desde julio a diciembre del 2020”.
Agregó que “ahora con esta nueva norma buscamos que este tipo de amnistías y ayudas sean por más tiempo, es decir al menos un año, y que se aplique durante la época de reactivación económica y productiva”.
Impacto
Según la Dirección del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit), durante la amnistía otorgada en 2011 las entidades de tránsito lograron recaudar aproximadamente $800.000 millones, mientras que en el proceso de ejecución de la ley del año anterior alcanzaron casi los $170.000 millones.
"Queremos dar beneficios reales y de más fácil acceso a la población, además por las circunstancias difíciles que pasamos, era complicado que los miles de sancionados en las oficinas de tránsito, que suman casi 11 millones de multas registradas en el Simit, pudieran acceder de agosto a diciembre del año pasado a la amnistía que había aprobado el Congreso. Por esta razón y para mayores beneficios para las personas que deseen salir de los molestos cobros jurídicos que surgen con las multas de tránsito, se debe aprobar una amnistía con nuevas y mejores oportunidades", consideró Tamayo.
La iniciativa, que empezará su trámite en la Comisión Sexta del Senado, consta de tres artículos. El primero precisa su objeto: “La presente ley tiene por objeto ampliar el plazo otorgado en la Ley 2027 de 2020 a los deudores de multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito. Teniendo en cuenta que la norma que permitió esta amnistía tuvo una vigencia de cinco meses durante la crisis social y económica producida por la pandemia de covid-19”.
El artículo 2 modifica un inciso de la Ley 2027 de 2020, también en su artículo 2. La norma vigente dice que “a partir de la promulgación de la presente ley, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2020, todos los infractores que tengan pendiente el pago de las multas, están pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por infracciones a las normas de tránsito impuestas hasta el 31 de mayo de 2020, al momento de entrar en vigencia esta norma, podrán acogerse, sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito, a un descuento del 50% del total de su deuda y del 100% de sus respectivos intereses”.
Con la modificación propuesta, el artículo 2 quedaría así: “A partir de la promulgación de la presente ley, por única vez y durante los 12 meses siguientes, todos los infractores que tengan pendiente el pago de las multas, están pagando o hayan incumplido acuerdos de pago por infracciones a las normas de tránsito impuestas hasta el momento de entrar en vigencia esta norma, podrán acogerse, sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito, a un descuento del 50% del total de su deuda y del 100% de sus respectivos intereses”.
El tercer artículo es el de la vigencia.
Más tiempo
Tamayo planteó en la exposición de motivos que la extensión del plazo busca “cumplir con uno de los objetivos de la Ley 2027 de 2020, como era el de generar un incremento del recaudo por el concepto de multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito, para contribuir a que las autoridades de tránsito a las que se les asigna este dinero, dispongan de recursos para el cumplimiento de sus fines misionales”, a través del “mecanismo de la amnistía de un porcentaje sobre el total de la deuda más los intereses que actualmente presentan los infractores”.
Como ese objetivo no se cumplió, “uno de los temas significativos del presente proyecto es establecer el periodo de tiempo para los efectos de la amnistía, que sea acorde a las circunstancias económicas por las que atraviesa la población colombiana con el fin de que surta efecto el beneficio otorgado a los infractores y que así mismo se mejore la cartera de las instituciones de tránsito”, anotó el congresista en el documento.
Los cinco meses en que estuvo vigente la Ley 2027 es, expuso Tamayo, “un tiempo algo corto para la época y condiciones por las que pasa el país”, por lo que “queremos para esta nueva norma establecer un lapso de tiempo más largo, proponiéndose 12 meses para acogerse a la amnistía a partir de la promulgación de la nueva ley, plazo dentro del cual podrá existir mejor oportunidad de pago por la recuperación financiera de las personas para esta época”.