El Tribunal Superior de Bogotá dejó este viernes en firme la decisión de la jueza 41 penal de conocimiento de negar la solicitud de la Fiscalía para precluir la investigación a Álvaro Uribe por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. Lo que sigue es esperar si el ente acusador llama a juicio al expresidente o, por el contrario, insiste por tercera vez en pedir archivar el caso.
En mayo pasado, la jueza 41 penal de conocimiento determinó no precluir el proceso porque consideró que hay elementos probatorios de que Álvaro Uribe incurrió en los delitos de manipulación de testigos y soborno.
“Contrario a lo aseverado por el señor fiscal, sí existen elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida que permite afirmar con probabilidad de verdad que la conducta delictiva, descrita en al artículo 444A de soborno en actuación penal, sí ocurrió y que el doctor Uribe puede tener la condición de partícipe”, dijo entonces la jueza 41 penal del circuito, Laura Barrera.
Por ello, el fiscal tercero delegado ante la Corte Suprema, Javier Fernando Cárdenas, impetró una apelación en el Tribunal Superior de Bogotá contra la decisión de la jueza 41 penal de conocimiento. Sin embargo, una sala de tres magistrados en esta corporación negó precluir el caso porque consideró que existen elementos de duda acerca de la participación o no del exmandatario en los ofrecimientos y dádivas que entregó su entonces abogado, Diego Cadena, a dos exparamilitares en la cárcel para que cambiaran su declaración en favor de Uribe Vélez.
“Los elementos materiales de prueba no permiten concluir con el nivel de conocimiento suficiente que el hecho investigado es atípico. Sin tal claridad, no es posible revocar la decisión de primer grado”, señaló en el fallo el Tribunal Superior de Bogotá.
El magistrado a cargo del caso, Carlos Andrés Guzmán, explicó que "el estándar probatorio es muy exigente, ya que no debe existir duda de esa situación (...) o que ya la investigación fue decantada hasta el máximo racional".
Agregó el togado sobre lo que viene en el proceso a Uribe Vélez, que "un juez no puede ordenar a la Fiscalía acusar. Se trataría de una inaceptable intromisión a los roles que cada parte asume en el sistema penal, también sería una forma de lesionar el principio acusatorio por el cual se construye el modelo procesal vigente. De lo que se concluye que el acto de acusar es como lo ha denominado la unidad especializada un monopolio exclusivo del Estado delegado a la Fiscalía".
Agregó el magistrado Guzmán que “la Fiscalía podrá evaluar dentro de su autonomía y dentro de sus facultades constitucionales y legales si ha de continuar investigando o si por el contrario en algunos de los eventos puede adoptar otra alternativa, por ejemplo, la posibilidad de definirlos de fondo a partir de una valoración detenida de la prueba, construida en un debate abierto y en un escenario de plena confrontación y contradicción de los medios de conocimiento que allí ellos presenten”
El Tribunal Superior de Bogotá indicó en un comunicado que “a lo largo de la decisión se pudo observar que en todos los eventos existen algunos vacíos probatorios que hacen que el Tribunal no pueda llegar al nivel de conocimiento exigido para revocar la decisión de primera instancia y, de esta forma, decretar la preclusión”.
Añadió la corporación judicial que “el estudio de todos los elementos de convicción allegados puso en evidencia la existencia de incertidumbres sustanciales en el planteamiento sobre las circunstancias en que se desarrollaron los hechos materia de estudio, las que, finalmente, permitirían esclarecer si se ejecutaron o no las conductas punibles de soborno en la actuación penal y fraude procesal”.
Así mismo hizo hincapié en que “se advirtieron relevantes inconsistencias entre varios de los medios de conocimiento (testimonios, documentos e incluso pericias), lo que revela la existencia de hipótesis fácticas que se contraponen entre sí y que podrían tener sustento probatorio, por lo que en esta etapa no podría afirmarse, con el nivel de conocimiento exigido, que una u otra es la correcta”.
Agregó el Tribunal que “en lo que hace referencia a la imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia, la Sala precisó una serie de elementos demostrativos que, si así le interesa a la Fiscalía, podrían ser obtenidos razonablemente en pro de una labor investigativa más completa que permita subsanar los vacíos probatorios que sean identificados, si no los ha allegado durante este tiempo”.
Los testigos
El pasado jueves, Álvaro Uribe se anticipó a decir que el Tribunal Superior de Bogotá negaría la apelación y que, por lo tanto, sería llamado a juicio.
“Me niegan la preclusión y ordenan llevarme a juicio”, señaló el expresidente en su cuenta en la red social X.
Uribe Vélez es investigado por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal, caso que abrió en 2018 la Corte Suprema de Justicia, pero que después pasó a manos de la Fiscalía debido a que el exmandatario renunció a la curul que por entonces ocupaba en el Senado a nombre del partido Centro Democrático.
En dos oportunidades la Fiscalía había solicitado a distintos jueces archivar esta investigación por falta de pruebas; sin embargo, fueron negadas.
El exmandatario ha dicho que no tiene nada que ver con los ofrecimientos que habría hecho su entonces abogado, Diego Cadena, a los exparamilitares Juan Guillermo Monsalve y Carlos Enrique Vélez, para cambiar la declaración en que lo vinculan con grupos de autodefensa y, además, para que supuestamente afirmaran que el senador Iván Cepeda les prometió dádivas y beneficios si declaraban en contra de Uribe.
Uribe reiteró que no cometió ningún delito. “Ninguno de los testigos ha podido desvirtuar mi afirmación de que nunca tomé la decisión de ir a buscar presos, solo pedí que se verificara la información que me llegó. A pesar de que todos los testigos lo han dicho, se me lleva a juicio”.
Monsalve, quien paga 40 años de prisión, fue uno de los testimonios de exparamilitares que se usaron en un debate que en el año 2014 realizó Iván Cepeda en el Congreso contra Uribe, por los supuestos vínculos de éste con grupos de autodefensa.
Posteriormente Monsalve, en un escrito a la Corte, se retractó de lo dicho contra Uribe, pero luego rectificó asegurando que lo hizo presionado por el abogado de Uribe, Diego Cadena, quien supuestamente le habría hecho ofrecimiento de beneficios penales y económicos.