La administración Duque mantiene viva su principal propuesta: las listas cerradas y bloqueadas
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En lugar de peras, buenas son manzanas, podría ser la frase que aplica el gobierno Duque, pues después de hundirse la reforma a la justicia en la Comisión Primera de la Cámara aprieta los dientes para salvar en primera vuelta la reforma política en esta última semana del primer período de la legislatura.
Pero, ¿qué tanto del texto que radicó la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, ha cambiado en lo corrido de su trámite, que hoy arriba a su cuarto debate en la plenaria de esta Corporación?
. Primarias
El proyecto del Gobierno proponía la introducción en el sistema electoral colombiano del mecanismo de las elecciones primarias para la escogencia que hagan los partidos de sus candidatos a cargos o corporaciones de elección popular. Establecía que eran obligatorias estas primarias y la participación de los aspirantes como condición para avalarlos.
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La reforma política hasta el tercer debate establece que “para la escogencia de sus candidatos a cargos o corporaciones de elección popular, propios o en coalición, se deberán utilizar los mecanismos de democracia interna”.
. Inhabilidad
El proyecto del Gobierno establecía que, “quien siendo miembro de una corporación pública decida presentarse a la siguiente elección, por un partido distinto, deberá renunciar a la curul al menos 12 meses antes del primer día de inscripciones”.
En este aspecto el Congreso hasta el tercer debate aprobó que esta inhabilidad sea de 24 meses.
. Listas cerradas
Una de las banderas del Gobierno en esta reforma política es suprimir las listas abiertas o de voto preferente, la cual se mantiene incólume hasta el momento.
“Los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos que decidan participar en procesos de elección popular inscribirán candidatos propios o en coalición a cargos uninominales y listas únicas, bloqueadas y cerradas a Cuerpos Colegiados”, señala el texto aprobado en tercer debate.
. CNE
El Congreso le peluqueó al proyecto del texto original la disposición que le daba autonomía técnica, administrativa, financiera y presupuestal al Consejo Nacional Electoral (CNE).
. Aportes del Congreso
Como se dijo, los mayores alcances de la reforma política de apenas cuatro artículos que presentó el Gobierno es la supresión del voto preferente; sin embargo el proyecto ha tomado más cuerpo a partir de la iniciativa liberal con la cual fue acumulada y los aportes del Parlamento en sus primeros tres debates.
Por ejemplo, en la Comisión Tercera de Cámara se aprobó que con el fin de garantizar los mecanismos democráticos de las organizaciones políticas para la escogencia de sus candidatos, se estipuló que dentro de los seis meses siguientes a la promulgación del Acto Legislativo, el Gobierno nacional presentará ante el Congreso un proyecto de ley estatutaria que desarrolle los mecanismos de democracia interna, en la cual se deben tratar temas sobre financiación, publicidad de campañas y acceso a los medios de comunicación del Estado.
También se aprobó que la financiación de las campañas deberá ser 100% con recursos estatales. “Las campañas para cargos de elección popular, avaladas por partidos y movimientos políticos con personería jurídica y grupos significativos de ciudadanos, serán financiadas con recursos estatales, los cuales se distribuirán bajo criterio de igualdad y proporcionalidad, de conformidad con la ley”.
De igual forma el Legislativo introdujo en el proyecto que para las elecciones de 2019 todas las circunscripciones y listas para los cuerpos colegiados de elección popular deberán estar conformadas de manera paritaria e intercalada entre hombre y mujer.
También los parlamentarios aprobaron que por lo menos una quinta parte del presupuesto nacional de inversión se denominará Inversión de Iniciativa Congresional. El Congreso de la República, por iniciativa de sus miembros y con aprobación de las plenarias, podrá solicitar la inversión en proyectos específicos que previamente hayan sido aprobados por el Departamento Nacional de Planeación o priorizados en los Planes de Desarrollo Departamentales, Distritales o Municipales.
En todo caso, en la sustentación de la solicitud de inversión, los congresistas tendrán el deber de hacer públicas las gestiones que hagan relacionadas con el presupuesto y estas tendrán que cumplir con los principios de eficiencia, transparencia y participación ciudadana.
De igual forma el texto de reforma política sumó durante su trámite en el Congreso de la República que “a partir de la entrada en vigencia del presente acto legislativo, nadie podrá elegirse para más de tres períodos en cada una de las siguientes corporaciones: Senado de la República, Cámara de Representantes, Asamblea departamental, Concejo distrital o municipal, o Junta Administradora Local”.
Precisamente este era uno de los puntos que reivindicaba la malograda consulta anticorrupción del año pasado.
También se aprobó que el “mecanismo de recolección de firmas no podrá ser utilizado por quienes hayan militado en partidos o movimientos políticos, durante los dos años anteriores a la fecha de la inscripción para el respectivo cargo de elección popular”.
Senado regional
Otra de las modificaciones que le haría el Congreso al proyecto de reforma política es volver al Senado regional, un viejo anhelo que tras la expedición del año 91 se ha visto frustrada en diferentes proyectos de reforma política que se han presentado en todo este tiempo.
La ponencia para cuarto debate en la plenaria de la Cámara propone darle vida en los 32 departamentos y la capital de la República para elegir una curul cada uno.
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobó en el tercer debate de la reforma política que “el Senado de la República estará integrado por 100 miembros elegidos en circunscripción nacional. Cada departamento y Bogotá D.C. tendrá garantizada la elección de un senador y habrá un numero adicional de dos senadores elegidos en circunscripción nacional especial por comunidades indígenas”.
Por su parte la ponencia para el cuarto debate en la plenaria de la Cámara de Representantes indica que “el Senado de la República estará integrado por 100 miembros de la siguiente forma: Uno elegido por cada departamento y uno elegido por el Distrito de Bogotá, los restantes serán elegidos por circunscripción nacional. La ley reglamentará la materia”.