El Consejo de Estado explicó que el presidente Gustavo Petro sí puede ser investigado y juzgado si incurre en el delito de injuria y calumnia, puesto que el fuero constitucional no lo exime de la responsabilidad penal.
Tras resolver una tutela interpuesta por el exministro de salud Alejandro Gaviria, en la que pretende que el mandatario se rectifique públicamente las afirmaciones que hizo los días 21 y 25 de marzo, en las cuales arremetió contra la gestión del demandante, asegurando que dejó perder $1.5 billones para la construcción de universidades durante su mandato.
La sala negó la petición argumentando que Gaviria no demostró que el Presidente abusó de su libertad de expresión. “Se exige un esfuerzo argumentativo mayor para que el juez constitucional se decante por el amparo a la honra y buen nombre y no por la libertad de expresión, cuyo amparo se encuentra reforzado cuando los hechos materias de reproche se enmarcan en el discurso político”, contempla el documento.
Entre tanto, el alto tribunal explicó que el jefe de Estado no puede invocar su fuero de juzgamiento penal para sustraerse a la jurisdicción constitucional. En otras palabras, Petro no puede usar esa inmunidad como un escudo para evitar ser juzgado por actos que van en contra de la Constitución del país, si fuera el caso, por los delitos de calumnia o injuria, o por el delito de omisión de denuncia de los hechos delictivos que lleguen a su conocimiento.