Miércoles, 13 de Abril de 2016
A través de sendos comunicados, el Ministerio de Agricultura y Fedegán se pronunciaron sobre la reorganización de Friogán.
Comunicado del Ministerio
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, actual administrador del Fondo Nacional del Ganado (FNG), con el objeto de precisar las aseveraciones sesgadas y malintencionadas que se vienen haciendo en relación con el proceso judicial de reorganización de Friogan S.A., se permite manifestar lo siguiente:
1. El Ministerio de Agricultura lamenta que se insista en dar una connotación política a una situación que es técnica y financiera, en la que se viene actuando con el único norte de proteger el interés general y el particular del sector ganadero colombiano.
2. Con ese propósito, el Ministerio viene adelantando la administración temporal del FNG, a través de un encargo fiduciario celebrado con Fiduagraria S.A.
3. El motivo principal, por el cual el Ministerio asumió la administración del FNG fue la inclusión de Friogan S.A. en el régimen de reorganización empresarial regulado por la Ley 1116 de 2006, por cuenta de los pasivos de $74.219 millones que a la fecha presenta.
4. Es pertinente aclarar, que el anterior administrador del FNG (Fedegán) adquirió el 78 % de las acciones de Friogan S.A. cuyos activos ascienden a 172.085 millones de pesos (según datos de la Superintendencia de Sociedades).
5. La inclusión de Friogan en el régimen de la Ley 1116, por solicitud del anterior administrador del FNG (Fedegán) ante la Superintendencia de Sociedades, pone en riesgo inminente al Fondo, que por cuenta de ser el propietario del 78% de las acciones asume una posición de garante, en calidad de deudor solidario, de varias obligaciones contraídas por la referida empresa.
6. En el trámite de ese proceso, la Superintendencia de Sociedades, que es el juez que dirime, no ha logrado de los bancos acreedores la aceptación del proyecto de reorganización que se sometió a su consideración.
7. Por el contrario, todos los representantes de las entidades financieras manifestaron su preocupación por advertir que las cifras son inconsistentes y que los términos en que está redactado ese proyecto le impide votarlo de manera favorable.
8. Esta delicada conclusión obligó al Ministerio a requerir de Fiduagraria, en virtud del encargo fiduciario que tiene respecto de los recaudos del FNG, un estudio sobre las cifras y valores que soportan la propuesta de reorganización de Friogan. Es esta situación, la que ha generado la airada reacción de los voceros del anterior administrador del Fondo.
9. Ahora bien, comoquiera que por mandato legal, los recursos con que los ganaderos y lecheros de Colombia aportan con su esfuerzo al FNG solo se pueden destinar a tres propósitos (vacunación contra aftosa; vacunación contra brucelosis y fomento al consumo de carne y leche), los resultados del estudio se someterán a consideración de la Junta del Fondo próximamente para que evalúe la situación y fije su postura frente a cualquier destinación que se aparte de esos propósitos.
10. Es importante resaltar que la totalidad de los activos de Friogan S.A., que todos ellos están bajo la tutela de la Superintendencia de Sociedades y por tanto solo esa autoridad puede permitir la venta de los mismos.
El Ministerio seguirá, dentro del ámbito de sus competencias, vigilando el cabal cumplimiento de las normas que regulan la destinación y uso de los recursos del sector ganadero y velando por la salvaguarda de los mismos en procura del fortalecimiento del mismo, sin caer en debates políticos que pretende desviar la atención de los reales problemas que enfrentan el Fondo.
Comunicado de Fedegán
Con respecto a las aseveraciones hechas por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural sobre el proceso de reorganización de Friogán S.A, la Federación Colombiana de Ganaderos aclara que:
1) En ningún momento se ha pretendido darle a este tema un tinte político, por el contrario se ha manejado con el rigor e importancia que tiene para el sector. Conscientes como somos de la necesidad de un manejo adecuado lo único que hemos procurado es cumplir con las funciones que tenemos dentro del proceso que se adelanta.
2) El Ministerio se encargó de la administración del Fondo Nacional del Ganado, FNG, a partir de la expedición del Decreto 2537, el pasado 29 de diciembre, Decreto utilizado para justificar la decisión arbitraria de relevar a Fedegán, que adelantaba hace 22 años dicha labor, y justificando para ello el ingreso ya aprobado previamente a la Ley 1116.
3) La reorganización empresarial no fue una decisión unilateral ni arbitraria. Se consultó previamente y fue autorizada por el ministro en su calidad de presidente de la junta directiva del FNG y de hecho fue él quien apoyó de manera irrestricta el tema ante el superintendente de sociedades.
4) No es cierto que Fedegán adquiriera acciones de Friogán, el que lo hizo fue el Fondo Nacional del Ganado, con aprobación y autorización de la junta directiva que preside el ministro de Agricultura.
5) Es falsa la afirmación del Ministerio sobre un eventual riesgo para el Fondo el hecho de estar vinculado a la Ley 1116, dicha situación de hecho se convierte en una forma de proteger los bienes y activos tanto de Friogán como del Fondo y por ello obtuvo la aprobación del ministro en su calidad de presidente de la junta directiva.
6) Para el proceso de reorganización empresarial no se requiere que las entidad financieras aprueben el plan presentado. Lo único que se necesita es contar con el número de votos necesarios, con los cuales hasta el día de hoy se cuenta, siempre y cuando el Ministerio, en su calidad del administrador del FNG, y el IDEA acompañen el acuerdo estructurado.
7) Decir que los bancos no están de acuerdo con el plan de reestructuración no se puede convertir en una justificación para que haya acuerdo. Lo realmente importante es tomar decisiones que beneficien al Fondo, a Friogán y los intereses de los ganaderos, que están por encima de los del sector bancario.
8) De manera permanente hubo una actitud renuente por parte del Ministerio de Agricultura y de la misma Fiduagraria para reunirse con el consultor y la firma de banca de inversión contratada para estructurar el acuerdo, por lo que desconocen sus opiniones. Esa misma actitud tuvo para convocar la junta del FNG, que solo hasta ahora citó este viernes 15 de abril para discutir el tema.
9) Grave desconocimiento decir que los recursos obtenidos de los ganaderos se pueden dedicar a exclusivamente a 3 tareas. En la Ley 89 de 1993, en el artículo 4, se expresan de forma clara todos y cada uno de los rubros en los que es posible invertirlos.
10) Actualmente, los activos se encuentran embargados como parte del proceso de reestructuración en el que se encuentra la entidad.
El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural no es el dueño del Fondo Nacional del Ganado, por lo que cualquier decisión que decida tomar deberá contar siempre con el concurso de los miembros de su junta directiva.