Polémica en Congreso por el orden de los apellidos | El Nuevo Siglo
Miércoles, 15 de Agosto de 2012

Los padres de familia podrían elegir el orden de los apellidos que llevarían sus hijos.

Así lo propone una iniciativa presentada por el senador Armando Benedetti, del Partido Social de Unidad Nacional (La U).

Se trata del proyecto de Ley 71 de 2012 Senado, “por medio del cual se modifica el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas –Decreto 1260 de 1970–”.

El legislador le explicó a EL NUEVO SIGLO que “a mí me parece muy machista que sólo sea facultativo del hombre el hecho de poner su apellido”.

Uno de los apartes de la iniciativa dice que “en el registro de nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito, el primer apellido del padre y el primer apellido de la madre, en el orden que de común acuerdo determinen el padre y la madre, si fuere hijo matrimonial o extramatrimonial reconocido”.

En caso de darse una discrepancia entre los padres, el orden de los apellidos sería definido por sorteo y el encargado de hacerlo sería el funcionario que esté realizando el registro correspondiente.

El proyecto especifica que “el orden de apellidos inscritos para el mayor de los hijos regirá en las inscripciones de nacimiento posteriores de sus hermanos del mismo vínculo”.

 

Detractores

 

Pero a este proyecto de ley ya le salieron detractores. El vicepresidente del Senado Guillermo García, del Partido Liberal, manifestó que él ni como congresista ni como padre de familia estaría de acuerdo con que se cambiara la tradición de los apellidos por medio de un proyecto de ley.

Edgar Espíndola, del Partido de Integración Nacional (PIN), dijo que hoy en día los niños no están buscando que les cambien de orden los apellidos, sino que lo quieren es mayor educación, mayor felicidad. Agregó que el Congreso se debe preocupar por brindarles protección.

“Creo que cambiarle el orden de los apellidos a los niños no es conveniente, toda vez que en Colombia tradicionalmente se ha colocado el apellido del padre adelante y el de la madre atrás”, indicó.

De la misma manera manifestó  que eso llevaría a unos costos inimaginables para la Registraduría, puesto que tendría que cambiarles el apellido a los colombianos que quisieran.

Pero no solamente los senadores se opusieron al proyecto de ley. También lo hizo la jerarquía católica por intermedio de monseñor Libardo Ramírez, Presidente del Tribunal Nacional Eclesiástico, quien manifestó que quien no coloque primero el apellido del padre es la persona que desconoce al papá o no sabe a ciencia cierta quién es.

“No sé que es lo que busca el senador Benedetti. Los españoles tenemos el apellido de los papás, los portugueses los de la mamá”, expresando además que lo mejor es que los congresistas se dediquen a estudiar proyectos serios que beneficien de verdad a Colombia.

En cambio, el senador antioqueño Juan Carlos Vélez, de La U, no le ve problema a que se pueda cambiar el orden de los apellidos.

Vélez aclaró que ese es el mismo caso de las mujeres que no querían llevar en su apellido el “de”, todo lo cual ya es permitido por la legislación vigente.

Por su parte la senadora Alexandra Moreno, del MIRA, considera absurdo que se vuelva a tramitar este proyecto, ya que uno que ella presentó y se convirtió en ley permite que a través de las Notarías los padres puedan hacer el cambio de apellidos.

“Lo que quedó en la norma es que voluntariamente ya se puede hacer por Notaría. Creo que como está es suficiente. La discusión fue que unos por tradición no querían y por eso la modificación consistió en que se pudiera hacer pero de manera voluntaria”, explicó.

 

Un asunto de dignidad humana

 

El senador Benedetti, en la exposición de motivos, precisa que, a la luz de las sentencias de la Corte Constitucional, “la dignidad humana está íntimamente relacionada con el derecho fundamental a la autonomía personal” y que el Estado debe adoptar “todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con el matrimonio y las relaciones familiares y, en particular, asegurarán condiciones de igualdad entre hombres y mujeres”.

Pero además, cita un fallo de la Corte europea de Derechos Humanos que el 22 de febrero de 1994 consideró una violación a los derechos humanos el hecho de que se impusiera el orden de los apellidos.

“De igual forma España, Paraguay, Francia, Holanda, algunos Estados de los Estados Unidos de América, entre otras naciones, han consagrado que la igualdad de derechos entre la pareja no es un postulado formal, sino que a la hora de decidir el orden de los apellidos de la descendencia cobre real eficacia, al determinarse que los cónyuges resuelvan este punto en el marco de una autonomía legítima”, consigna Benedetti en el proyecto.

 

 

Texto del proyecto

 

Artículo 1

 

El artículo 53 del Decreto 1260 de 1970, quedará así:

En el registro de nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito, el primer apellido del padre y el primer apellido de la madre, en el orden que de común acuerdo determinen el padre y la madre, si fuere hijo matrimonial o extramatrimonial reconocido.

Si al momento de la inscripción hubiere desacuerdo entre los padres, el funcionario encargado sorteará el orden de los apellidos.

El reconocido sólo por uno de los progenitores llevará los dos apellidos del que le reconoció. Si ésta a su vez llevase uno solo, podrá duplicar dicho apellido.

La inscripción proveniente de paternidad o maternidad judicialmente declarada, facultará al progenitor no faltante a determinar el orden de los apellidos.

El orden de apellidos inscrito para el mayor de los hijos regirá en las inscripciones de nacimiento posteriores de sus hermanos del mismo vínculo.

El hijo, al alcanzar la mayor edad, podrá solicitar que se altere por una vez el orden de los apellidos.

 

Artículo 2

 

La presente Ley rige a partir de su promulgación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.