A pesar de que la Corte Constitucional tiene plazo hasta el 15 de julio próximo para resolver la demanda que presentó el entonces fiscal general, Eduardo Montealegre, a la Reforma de Equilibrio de Poderes, el respectivo expediente fue incluido en la Sala Plena del día de mañana, cuando sería debatida la ponencia que entregó el magistrado Alejandro Linares solicitando, entre otras, declarar inexequible la creación de la Comisión de Aforados, lo que reviviría la criticada Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara.
De esta forma, la ponencia estaría asestándole un segundo golpe en menos de un mes a la Reforma de Equilibrio de Poderes que impulsó el Gobierno en el Congreso de la República, pues ya la Corte dejó sin efecto la disposición que creaba la Comisión de Gobierno Judicial, suprimiendo la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, al determinar que el Parlamento fue más allá de sus competencias al reformar un principio básico de la Carta Política tal cual es la autonomía de la Rama Judicial.
La ponencia del magistrado Linares concluye que existe un vicio de forma en el trámite legislativo que permitió crear en la reforma de Equilibrio de Poderes la Comisión de Aforados, que desde el punto de vista político de un ente como es el Congreso, le corresponderá investigar en lo disciplinario y en lo penal a los magistrados de las altas Cortes y al Fiscal General de la Nación.
El magistrado Linares indica en su ponencia que la creación de la Comisión de Aforados fue introducida en la segunda vuelta del trámite de esta reforma constitucional, por lo tanto le habrían faltado los cuatro primeros debates en las comisiones primeras y las respectivas plenarias de Senado y Cámara.
<INTERTIT>La demanda
En septiembre del año pasado, el entonces fiscal Montealegre demandó el componente judicial del acto legislativo de Reforma de Equilibrio de Poderes, argumentando enprimer lugar que el Congreso no habría respetado el principio de unidad de materia, pues en el Acto Legislativo 02 de 2015 el tema central es el reequilibrio de los poderes públicos, y no guardaría con ello relación las disposiciones que contiene sobre la reforma al sistema de gobierno y administración del poder judicial y el régimen disciplinario de los empleados de la Rama Judicial.
Un segundo argumento es que el Congreso habría violado los principios de consecutividad e identidad flexible durante el trámite de la reforma constitucional. Esto quiere decir que el Acto Legislativo 02 de 2015 introdujo en la Constitución algunas normas que no habrían sido objeto de los ocho debates que exige la ley para efectos de producir cambios en la Carta Política de 1991. Es el caso, según Montealegre, de la creación de la Comisión de Aforados.
Finalmente, la demanda también sostiene que el Congreso de la República desbordó sus competencias constitucionales porque la aprobación de la Reforma de Equilibrio de Poderes condujo a la sustitución de pilares de la Carta Política de 1991.
Por su parte, el procurador Alejandro Ordóñez entregó en diciembre pasado a la Corte su concepto sobre la demanda de Eduardo Montealegre, en la que pide desestimar los argumentos y en este sentido declarar exequibles los apartes demandados de la Reforma de Equilibrio de Poderes.
La Reforma de Equilibrio de Poderes ha sido en lo que va corrido de esta segunda legislatura la mayor apuesta de la administración del presidente Juan Manuel Santos, en lo que fue acompañado por la coalición de gobierno conocida como la Unidad Nacional.