Pliego de cargos contra exgobernador de Santander | El Nuevo Siglo
Martes, 28 de Abril de 2015

Ante las posibles irregularidades presentadas en el convenio de asociación celebrado para entregar la administración de manera autónoma del Ecoparque San Rafael, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos al señor William Villamizar Laguado, en su calidad de gobernador del departamento de Norte de Santander para la época de los hechos.  

 
Dentro de la determinación disciplinaria también se formuló pliego de cargos al señor Sigward Abimelech Peñaloza Echavez, en su calidad de director del Instituto de Deportes del mismo departamento (Indenorte).
 
El señor Villamizar Laguado habría tomado la determinación de entregar en administración y operación el Ecoparque San Rafael, lo que al parecer conllevó a que el entonces director de Indenorte suscribiera un convenio de asociación fundamentado en el artículo 96 de la Ley 489 de 1998, que hace referencia a los convenios de asociación, sin que al parecer se dieran los requisitos para ello, con lo cual habrían incurrido en falta disciplinaria.
 
En ese sentido, el Ministerio Público manifestó que la modalidad de contratación elegida por Indenorte para entregar en administración el ecoparque San Rafael no habría sido la correcta ni procedente, pues si bien los convenios de asociación “se permiten y habilitan a las entidades estatales a asociarse con particulares, ello solo está avalado cuando se haga con la observancia de los principios de imparcialidad e igualdad señalados en el artículo 209 de la Constitución Política, y únicamente para el desarrollo conjunto de actividades que guarden relación con los cometidos y funciones que les asigna a aquellas la Ley (…)”.     
 
Por tanto, con la suscripción de este acuerdo de voluntades se habrían eludido los procedimientos de selección objetiva previstos en el Estatuto de Contratación.
 
De otra parte se investiga la conducta del señor William Villamizar Laguado quien en su condición de gobernador de Norte de Santander y delegado de la Junta Directiva de Indenorte no habría vigilado la correcta ejecución del citado convenio incurriendo al parecer en falta gravísima a título de culpa gravísima. 
 
Por último, el Ministerio Público cuestionó al señor Villamizar Laguado porque al parecer también habría empleado la misma figura de convenios de asociación, ya mencionada, para suscribir dos convenios en octubre de 2010 y mayo de 2011 con la Corporación Nuevo Cúcuta Deportivo, pese a que esta modalidad de contratación no era aplicable en este caso.
 
En ese sentido, el órgano de control señaló que en dichos convenios se habrían establecido obligaciones que “más allá de tratarse de la asociación para actuar en forma mancomunada para acometer las funciones atribuidas, en particular al departamento, se trataba de compromisos que finalmente se dirigían a fortalecer a la institución deportiva a cambio de cuestiones propias de un contrato de publicidad y de compraventa de boletería que no contribuye en nada a la formación de deportistas”.