Pliego de cargos contra 12 concejales de Cartago | El Nuevo Siglo
Jueves, 12 de Enero de 2012

La Procuraduría General de la Nación profirió pliego de cargos contra 12 concejales, para la época de los hechos, de Cartago (Valle) por presuntas irregularidades en la aprobación del acuerdo municipal mediante el cual autorizaron al alcalde municipal para comprometer recursos de vigencias futuras hasta el año 2023.

Los ediles disciplinados son José Diego Quintero Herrera, Juan Carlos Arias Montoya, José Eliecer Pérez Cardona, Arturo Botero Palomo, Ramiro José Chaux Restrepo, Luis Fernando Gaviria Acevedo, Jaime Enrique Tamayo Zuluaga, Cruz María Jordán de Riascos, Cesar Tulio Rivera Ospina, Néstor Jaime Alarcón Castillo, Wilson de Jesús Moncada Galvis y Luis Arley Ossa González.

Según el auto proferido por la Procuraduría Provincial de Cartago (Valle), los indagados posiblemente incurrieron en actuación irregular constitutiva de falta disciplinaria por incumplimiento de sus deberes, al votar por la aprobación del Acuerdo Municipal No. 007 de abril 2 de 2009, por medio del cual se conceden unas autorizaciones al alcalde, sin el cumplimiento de los requisitos legales. La falta se califica como gravísima y dolosa.

Dicho acto se refiere a las vigencias futuras excepcionales, como a las vigencias futuras ordinarias, no obstante corresponden a dos categorías de vigencias futuras diversas en su estructuración, requisitos y procedencia. De igual forma, autorizaron al mandatario municipal para ejecutar en su período de gobierno proyectos de inversión en agua potable y saneamiento básico, sin especificar y cuantificar los proyectos que se pretendía ejecutar, por lo que al no establecerse su valor y el término de su ejecución entre otros, tampoco se podía establecer razonadamente si se encontraban o no en el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado y en el Plan Maestro de Saneamiento Básico.

El acuerdo municipal aprobado tampoco establece el monto del compromiso que se autorizaba asumir, el plazo y las condiciones de las vigencias futuras, no se consultaron las metas plurianuales del marco fiscal de mediano plazo y si los compromisos que se pretendían adquirir, desbordaban o no la capacidad de endeudamiento municipal. Finalmente tampoco se exigió que las vigencias futuras solicitadas, contaran con una apropiación mínima del 15% en la vigencia fiscal 2009.