El revivido Senado regional será uno de los temas más candentes del proyecto de equilibrio de poderes a debatir en la plenaria de la Cámara, pero sobre todo en la segunda vuelta de la iniciativa.
La Comisión Primera de la Cámara aprobó el proyecto de acto legislativo número 153 de 2014 Cámara – 018 de 2014 Senado, acumulados 002, 004, 005, 006 y 012 de 2014 Senado, “por medio del cual se adopta una reforma de equilibrio de poderes y reajuste institucional y se dictan otras disposiciones”.
Entre las principales novedades introducidas por la Comisión está el establecimiento de una circunscripción especial para los raizales de San Andrés, cuya curul sería una de las que originalmente se asignó a las minorías políticas y luego, al decir de algunos legisladores y juristas, les fue arrebatada para dársela a los colombianos residentes en el exterior.
Sobre la ‘resurrección’ del Senado regional, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, explicó que se trata de "garantizar a los departamentos pequeños del país su representación en el Senado".
El jefe de la cartera política resaltó que "la reforma al equilibrio de poderes se ha discutido de manera profunda y juiciosa".
Según lo aprobado, el Senado estará integrado por cien miembros, habrá un senador elegido en circunscripción departamental por cada uno de los departamentos con menos de 500.000 habitantes de acuerdo con el último censo poblacional, los demás se elegirán por circunscripción nacional. Los candidatos deben residir en el departamento a representar por lo menos dos años antes de la fecha de la inscripción. La curul será para el partido que obtenga la mayoría absoluta en el departamento.
También fue aprobada la creación del Tribunal de Aforados encargado de investigar y acusar ante la Cámara por causas disciplinarias, fiscales o penales mientras duren en el ejercicio de sus cargos. El presidente de la República mantendrá el fuero constitucional aun cuando haya cesado en el ejercicio de su cargo.
El Tribunal será conformado por cinco miembros. La Cámara aprobará la acusación mediante voto secreto y conocerá de hechos posteriores a su creación.
En cuanto a los requisitos para ser magistrado, fue ampliado el tiempo de experiencia de 15 a 20 años en la rama judicial, en el ministerio público, como abogado o como catedrático en una universidad. Igualmente, no podrán ser reelegidos y podrán aspirar a cargos un año después de cesar sus funciones.
El Consejo Nacional de Disciplina Judicial estará conformado por siete magistrados elegidos para un periodo de ocho años por el Congreso en pleno de terna enviada por la Sala de Gobierno Judicial.
Los candidatos a los cargos de Presidente y Vicepresidente de la República, Gobernador, Alcalde Distrital y Municipal que sigan en votos a los elegidos en los mismos cargos, ocuparán una curul en el Senado, Cámara de Representantes, Asamblea Departamental, Concejo Distrital y Municipal, respectivamente, para el periodo al cual se hizo la elección.
Las incompatibilidades de los congresistas cesarán cuando renuncien a su cargo. Esto solo aplica a partir del 20 de julio del 2018.
El Procurador debe ejercer vigilancia de la conducta oficial de los funcionarios públicos, incluyendo los de elección popular, excepto a los congresistas a partir del 20 de julio del 2018.
La Comisión Primera también aprobó un artículo nuevo que garantiza el derecho laboral de los funcionarios de los Consejos Seccionales de Judicatura.
La figura de la silla vacía se aplicará por cualquiera de los delitos relacionados a la promoción, pertenencia o financiación de grupos armados ilegales, actividades del narcotráfico, dolosos cometidos contra la administración pública, contra los mecanismos de participación democrática o los delitos de lesa humanidad.