Plazo para que ARLS muestren reportes | El Nuevo Siglo
Jueves, 17 de Julio de 2014

El Ministerio del Trabajo dispuso en febrero pasado que las Aseguradoras de Riesgos Profesionales debían  reportar a partir de agosto de este año al Fondo de Riesgos Laborales sus movimientos de aportes y lo que dispuso la nueva determinación fue en ampliar un mes más la fecha para que entre en operación dicha tarea.

Lo anterior para dar tiempo a que finalicen las pruebas de cargue y descargue de información y se hagan los ajustes que requiere la implementación de la medida, explicó el Ministro Ríos.

 

El reporte de los movimientos de las ARLs tiene como propósito evitar que se presenten cotizaciones por debajo de la clase de riesgo al que corresponde, que se pague por un número menor de trabajadores y  que los pagos al Sistema General de Riegos Profesionales no se hagan por fuera del mes correspondiente.

 

Las ARLs deberán reportar sus movimientos completos correspondientes al pago de las cotizaciones, aportes al Fondo de Riesgos Laborales y empresas afiliadas al Sistema General de Riesgos Laborales antes del 28 de cada mes o de lo contrario, serán sancionadas hasta con 1.000 salarios mínimos.

 

Así mismo, la medida permitirá identificar a los empleadores que evaden, eluden y presentan morosidad en el pago de las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Laborales, los que también serán sancionados con multas sucesivas mensuales hasta por 500 salarios mínimos legales vigentes, es decir más de 300 millones de pesos.

 

El ministro José Noé Ríos indicó que la Cartera Laboral, además modifica el numeral del anexo técnico de la Circular 0014 del 17 de febrero de 2014 para velar por el buen funcionamiento y desarrollo del Sistema.