Asumir su responsabilidad como superior funcional de las curadurías y las oriente en el trámite y expedición de licencias, en el marco de la facultad que le otorga el artículo 102 de la Ley 388 de 1997, le pidió la veedora distrital, Adriana Córdoba, a la Secretaría de Planeación.
“El problema para curadores y ciudadanos está en que aún no hay una orientación clara, por parte de la autoridad de planeación distrital, es decir por parte de la Secretaría Distrital de Planeación, sobre (i) cómo proceder con las licencias en trámite que se presentaron, en debida forma, durante la vigencia de la Modificación Excepcional del Plan de Ordenamiento Territorial (Mepot) del 2013 y (ii) cómo proceder con las aproximadamente 380 licencias expedidas entre agosto de 2013 y el 3 de abril de 2014, periodo en que estuvo en vigencia el Decreto 364 de 2013, cuando soliciten modificaciones. La duda es, bajo qué norma se revisan, puesto que fueron expedidas con una norma que era vigente, pero que hoy se encuentra suspendida”, explicó Córdoba.
Hoy hay dos interpretaciones y mientras no haya un pronunciamiento de fondo por parte del Consejo de Estado o aclare el alcance de la suspensión, es la Secretaría de Planeación Distrital la encargada de orientar la aplicación de las normas urbanas en el distrito.
La Dirección Jurídica de la Alcaldía Mayor considera que los efectos de la suspensión temporal son a partir de la expedición del acto de suspensión, es decir el 3 de abril de 2014 y por ende, el estudio de modificaciones a licencias expedidas durante la vigencia de la Mepot del 2013, deben realizarse bajo el Decreto 364; mientras que el Ministerio de Vivienda considera que la suspensión temporal del Mepot lo hace inaplicable desde el momento mismo de su adopción en agosto 26 de 2013.
Frente a la norma bajo la cual deben estudiarse las licencias solicitadas con posterioridad al acto de suspensión temporal, no hay dilema, las dos entidades coinciden en que se aplica el Decreto 190 de 2004.
La veedora consideró que es urgente que se expida la directriz oficial por parte del Distrito.
“La falta de claridad normativa propicia la ilegalidad en la construcción y dificulta el control que ejercen las entidades del distrito y las alcaldías locales, además de desincentivar la pequeña o gran actividad constructora”, enfatizó Córdoba.
No existen antecedentes jurídicos exactamente aplicables a la situación de suspensión de la Mepot (Decreto 364 del 2013 expedido por el alcalde mayor Gustavo Petro). “Existen antecedentes jurídicos sobre suspensión de normas laborales o de comunicaciones, pero no jurisprudencia sobre suspensión de normas urbanas, ni por las razones de vicio de forma que dieron origen a la suspensión de la Mepot del 2013”, añadió.
Por eso, la veedora Córdoba le pidió al Consejo de Estado dar alcance e interpretación legal a su decisión para orientar ¿qué se hace con las licencias que están en trámite y que fueron presentadas debidamente bajo la vigencia del Mepot del 2013?, y ¿qué pasa con las solicitudes de modificación, sobre las licencias ya aprobadas bajo la vigencia de la Mepot?, ¿qué norma se les debe aplicar?
“El Consejo de Estado también debe orientar el carácter general o particular de su decisión, y en este caso si la suspensión tiene efectos desde que el decreto suspendido de manera provisional, fue expedido, es decir agosto 26 de 2013 o si la suspensión tiene efectos solo desde el momento de la suspensión, es decir el 3 de abril de 2014”, sostuvo.
De otra parte, la Administración distrital ha dicho que la suspensión del Decreto 364 hace peligrar las metas de la Bogotá Humana, la información de los curadores demuestra lo contrario, pues hasta ahora se han generado muy pocas cargas en las licencias expedidas, que era uno de los pilares de las propuestas de la Bogotá Humana. Se presentaron solo 5 licencias con cargas y solo una se expidió.