Un recurso de casación interpuso el Ministerio Público ante la Corte Suprema de Justicia contra la instancia que redujo a 372 meses de prisión la condena a Samuel Viñas por el homicidio de su exesposa en Barranquilla.
La petición del Ministerio Público se presentó tras considerar que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, al fallar este caso en segunda instancia, incurrió en un error al desestimar las circunstancias específicas de agravación del delito de homicidio, lo que implicó reducir el tiempo de la pena, pues se cambió la adecuación típica de la conducta de homicidio agravado a simple.
A juicio de la Procuraduría en este caso existe una circunstancia específica de agravación contemplada en el Código Penal, según la cual “por haber colocado a la víctima en situación de indefensión, entraña un mayor desvalor de ese comportamiento debiendo responder el homicida ante la sociedad con una pena de 25 a 40 años de prisión”.
El 29 de noviembre de 2010 el señor Viñas Abomohor fue condenado a la pena principal de 550 meses de prisión y a la interdicción de derechos civiles y funciones públicas por el término de 10 años, como autor responsable del delito de homicidio con circunstancias de agravación específicas y de mayor punibilidad en concurso con el delito de fabricación, tráfico y porte de arma de fuego y municiones.
Nueve meses después, se profirió la sentencia de segunda instancia que condenó al procesado por homicidio simple en circunstancia genéricas de mayor punibilidad, en concurso con fabricación, tráfico y porte de arma de fuego y municiones, reduciendo la pena de 550 a 372 meses de prisión e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años.