Abstenerse de declarar la elección de los ciudadanos blancos María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco como representantes de una minoría étnica en la Cámara le pidió la Procuraduría al Consejo Nacional Electoral (CNE).
En comunicación dirigida al presidente del alto tribunal, magistrado Pablo Guillermo Gil, el Ministerio Público argumentó que la Corte Constitucional ha señalado la importancia de garantizar que las minorías étnicas tengan una auténtica representación, con ciudadanos que en realidad pertenezcan a este tipo de comunidades, las cuales tienen protección especial.
El Ministerio Público evidenció que el registro de minorías ante la Dirección de Etnias del Ministerio del Interior se adelantó con base en el artículo 28 de la Ley 1475 de 2011, norma declarada inexequible por la Corte.
Con el objeto de garantizar que la representación parlamentaria sea coherente con el origen de la personería y la naturaleza del movimiento o partido político, el alto tribunal constitucional ha garantizado que quienes obtienen personería jurídica por el régimen especial participen en esas circunscripciones electorales, y quienes tienen personería jurídica por el régimen ordinario participen sólo en esta circunscripción, situaciones que exclusivamente se presentan en las elecciones para el Congreso.
La Procuraduría y la Comisión Nacional de Control y Asuntos Electorales han requerido al Ministerio del Interior para que, previa la promoción para garantizar el derecho fundamental de la consulta previa, se presente el respectivo proyecto ante el legislativo que permita y garantice la participación de las minorías étnicas en las corporaciones públicas de elección popular.
El Ministerio Público consideró que al permitir la inscripción de un sinnúmero de listas para la circunscripción de minoría étnica, la Organización Electoral vulneró directamente el Articulo 263 de la Constitución, que señala que para todos los procesos de elección popular los partidos y movimientos políticos deben presentar listas y candidatos únicos.