Piden definir la entrega de avales | El Nuevo Siglo
Sábado, 4 de Mayo de 2013

Gabriel Sonny Cubillos

Periodista de EL NEUVO SIGLO

 

La necesidad de un marco que defina con claridad a los partidos un procedimiento para establecer  las inhabilidades de personas que aspiren a ser avaladas como candidatos, plantearon las colectividades al Gobierno y al Consejo Nacional Electoral. Al respecto consideran que la normatividad es imprecisa y puede llevar a errores.

Sobre el particular se refirió el secretario General del Partido Social de Unidad Nacional (La U), Felipe Carreño, quien indicó que  “en reunión que hemos tenido con el Viceministro del interior y en reunión que hemos sostenido con el Consejo Nacional Electoral, con el propio presidente, el doctor Carlos Ardila Ballesteros, hemos manifestado la necesidad de poder nosotros tener un procedimiento amparado en alguna reglamentación que permita definir cuál es el alcance de las inhabilidades que uno puede detectar en el proceso previo al otorgamiento de aval”.

El Secretario General del Partido de La U destacó que “en ese camino el Ministerio del Interior activó, por ejemplo, la ventanilla única para poder de alguna manera establecer un marco dentro del cual los partidos puedan ejercer consultas y agotar esa diligencia, y librarnos de cualquier responsabilidad por antecedentes o situaciones que no pueda uno conocer de manera general sobre los candidatos a los distintos cargos de elección popular”.

En ese sentido Carreño explicó que el propio Consejo Nacional Electoral va a tramitar una consulta jurídica sobre este punto para saber a quién recurrir en el evento que se requiera con claridad por parte de un partido político definir cuáles son los antecedentes o “ante quién podemos demandar algún elemento de juicio válido para poder pronunciarnos frente a un tema de aval”.

Este asunto cobró más vigencia tras un fallo del Consejo de Estado el jueves anterior, en el que negó la nulidad de la elección del gobernador de La Guajira, Juan Francisco Gómez Cerchar, al no encontrar inhabilidad alguna para ejercer el cargo.

Gómez Cerchar inscribió su candidatura a la Gobernación en junio de 2011 por el Partido Cambio Radical, sin embargo, un mes después la misma colectividad le solicitó al Consejo Nacional Electoral que revocara dicha inscripción al encontrar que existían investigaciones penales en su contra, petición que fue negada por el Consejo Electoral.

Los demandantes argumentaban que el Mandatario departamental había sido elegido sin el aval de un partido político, lo cual configuraba una inhabilidad porque no cumplía con los requisitos que exigía la ley para ser nombrado como gobernador.

No obstante, el alto Tribunal en dicho fallo dice que “si bien es cierto que el aval es un requisito legal y constitucional sin el cual no se puede realizar la inscripción del candidato y, por ende, tampoco su elección, debe tenerse en cuenta que como toda decisión política de los partidos políticos que aspiren a conquistar el poder público en las urnas, el otorgamiento del aval debe ser el resultado de un proceso serio, democrático y razonado”.

En ese sentido el alto Tribunal explica que el aval que un partido político le da a un candidato no puede ser retirado de un momento a otro porque se supone que para eso existió todo un proceso previo de elección de la persona. Esto genera en los partidos la seriedad y la responsabilidad de la decisión y en los candidatos la confianza del respaldo político durante todo el proceso electoral.

 

Fuertes sanciones

 

En las elecciones regionales de octubre de 2011 se estrenaron las nuevas disposiciones en materia de entrega de avales, que básicamente responsabilizan y sancionan a los partidos por entregar estos respaldos a personas inhabilitadas para ocupar el cargo o hayan sido condenadas o llegaren a serlo durante el periodo para el cual resultaren elegidos, por delitos cometidos relacionados con la vinculación a grupos armados ilegales, actividades del narcotráfico, contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad.

En ese sentido el Acto Legislativo 01 de 2009 señala que las sanciones podrán consistir en multas, devolución de los recursos públicos percibidos mediante el sistema de reposición de votos, hasta la cancelación de la personería jurídica. Cuando se trate de estas condenas a quienes fueron electos para cargos uninominales, el partido o movimiento que avaló al condenado, no podrá presentar candidatos para las siguientes elecciones en esa circunscripción. Si faltan menos de 18 meses para las siguientes elecciones, no podrán presentar terna, caso en el cual, el nominador podrá libremente designar el reemplazo.