Piden dar prioridad a Chocó con Ley de Víctimas | El Nuevo Siglo
Miércoles, 4 de Enero de 2012

“Aspiramos que se pueda crear una institucionalidad específica en el departamento para que se atiendan todos los requerimientos en términos de víctimas del conflicto y en términos de restitución de tierras”: gobernador Murillo.

Con la entrada en vigencia de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, el Gobierno Nacional podría darle una atención efectiva al Chocó, debido a la problemática de violencia que ha vivido esa región del país, manifestó el gobernador Luis Gilberto Murillo.
Para el gobernante, Chocó es un departamento de víctimas en donde el conflicto armado ha tenido gran incidencia, en donde se presentaron masacres, desplazamiento, despojo de tierras, además de la tarea de saneamiento que hay que realizar.
“Nosotros aspiramos que el Gobierno Nacional le dé prioridad al departamento del Chocó. Aspiramos que se pueda crear una institucionalidad específica en el departamento para que se atiendan todos los requerimientos en términos de víctimas del conflicto y en términos de restitución de tierras”, expresó Murillo en diálogo con RCN La Radio.
Murillo indicó que le presentará una propuesta al Gobierno para cumplir conjuntamente los mandatos de la ley: “Queremos involucrar en esa área la cooperación internacional y de organizaciones no gubernamentales que nos ayuden a implementar la Ley de Víctimas”.

Reglamentación
Parte de la atención a la petición del gobernador Murillo podría concretarse a través de los Decretos 4633, 4634 y 4635, con los que el 9 de diciembre el Gobierno dictó medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a favor de las víctimas de las comunidades afrocolombianas, indígenas y rom.
Según la letra de esos decretos, ahí se desarrolla la Ley con base en el respeto al derecho propio de los pueblos y en el principio de enfoque diferencial étnico, con el fin de garantizar la supervivencia física y cultural de estas comunidades. Además, comprenden la reparación de los daños individuales y colectivos.
La Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación a Víctimas se encargará de diseñar los planes integrales de reparación colectiva para estos grupos, que deberán incluir medidas de indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.
Entre dichas medidas se destacan la adopción de un módulo étnico de atención psicosocial y salud integral, asistencia crediticia, acciones en materia de memoria histórica, proyectos productivos y de generación de empleo, acceso a la educación y a la vivienda y el retorno de las personas desplazadas.
De acuerdo con los decretos, las comunidades que fueron victimizadas antes de su promulgación tendrán un plazo de cuatro años para inscribirse en el componente étnico del Registro Único de Víctimas. El plazo será de dos años si los hechos ocurrieron con posterioridad a la vigencia de estas normas.
El Estado indemnizará administrativamente a los individuos pertenecientes a los pueblos afectados, luego de su incorporación al Registro.
Por su parte, la solicitud de restitución de derechos territoriales deberá presentarse ante la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas, que podrá imponer una ruta de protección, para prevenir afectaciones durante el trámite correspondiente.

Polémica
Sin embargo, este desarrollo de la Ley no fue bien recibido por la totalidad de las organizaciones afrodescendientes.
El Proceso de Comunidades Negras –PCN-, al lado de un sinnúmero de Consejos Comunitarios y otras organizaciones afrodescendientes, como Afrodes y la Conferencia Afrocolombiana, elevaron su voz ante el presidente Juan Manuel Santos para reclamar un proceso efectivo de consulta previa de los decretos.
En una carta dirigida al presidente Santos, los Consejos Comunitarios y organizaciones aclaran que el procedimiento implementado por el Gobierno colombiano “no respeta los estándares mínimos nacionales e internacionales de Consulta Previa y Consentimiento Previo, Libre e Informado” y en cambio, consideran, “genera mayor vulnerabilidad para las víctimas afrodescendientes”.
Para los voceros de estas organizaciones, la Ley de víctimas fue aprobada en junio del 2011 pasando por alto la responsabilidad del Gobierno de consultar a las víctimas afrodescendientes e indígenas, por lo que el Congreso dio facultades especiales al presidente Santos, según quedó consignado en el artículo 205 de la misma norma, para formular un decreto con carácter de ley que se ciña a las particularidades y derechos de las víctimas afrodescendientes.
Aunque, sostuvieron, la formulación de esos decretos implicaba agotar un proceso efectivo de consulta previa que llevara al consentimiento previo, libre e informado de las víctimas sobre el mismo, en la carta se denunció que el proceso que el Gobierno ha llamado consulta previa violó todos los principios de la consulta previa, entre ellos el de la buena fe, la transparencia y el derecho a información oportuna y suficiente.
Las organizaciones también se quejan de que el Gobierno además haya pretendido someter a consulta “otras iniciativas legislativas con grandes implicaciones y consecuencias para los derechos fundamentales de nuestras comunidades, como son Regalías, Reformas a las CAR y recurso genético”.