Es pertinente recordar que mediante fallo de tutela, proferido por la Juez 56 penal del circuito de Bogotá, se ordenó al Director de La Modelo recibir ‘sindicados’ en el mencionado establecimiento.
El Director de Inpec, General Gustavo Ricaurte, ha hecho un esfuerzo administrativo, presupuestal y humano para apoyar en el deshacinamiento de las URI del país, a pesar de la sobrepoblación del 55 por ciento a nivel nacional y la afectación de 26 establecimientos por fallos de tutela.
Ante las declaraciones del señor Personero del municipio de Soacha (Cundinamarca), Henry Sosa, quien manifestó que es deber del Inpec encargarse de las personas que están detenidas en las Estaciones de Policía del municipio, es necesario aclarar y recordarle a la Opinión Pública que el artículo 17 de la ley 65 establece que “corresponde a los departamentos, municipios, áreas metropolitanas y al Distrito Capital de Santafé de Bogotá, la creación, fusión o supresión, dirección, organización, administración, sostenimiento y vigilancia de las cárceles para las personas detenidas preventivamente y condenadas por contravenciones que impliquen privación de la libertad, por orden de autoridad policiva”.
En relación con las 16 personas con derecho a detención domiciliaria que, según el titular de la Personería de Soacha, no han sido evacuadas, es de anotar que el Inpec recibió 12 el pasado viernes, que para entonces eran las que tenían ese derecho.
“Es pertinente una reunión con el Dr. Juan Carlos Nemocón, Alcalde de Soacha, para buscar soluciones que permitan al municipio atender las personas sindicadas que sean judicializadas en dicha localidad, que permitan garantizar los derechos fundamentales de los imputados para que no se prolongue su permanencia en las URI de Soacha y adicionalmente que el municipio pueda cumplir lo establecido en la ley 65 de 1993”, conceptuó el Director del Inpec.