Con una nueva estrategia para que los colombianos cumplan con la exigencia legal de renovar su licencia de conducción, y luego de revisar los resultados del proceso, el Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Puertos y Transporte, el RUNT y la Secretaría de Movilidad de Bogotá ampliaron el plazo para el trámite.
La cartera ministerial confirmó que “buscamos mayor sencillez en el proceso para los ciudadanos y por ello se definieron períodos para renovación de la licencia por número de cédula, se crearon herramientas tecnológicas para que los ciudadanos dediquen menos tiempo a este trámite”.
El período de renovación, denominado ‘Pico y Pase’, es de diez meses de febrero a noviembre y se aplicará con el último dígito de la cédula y el número del mes.
Es decir que el ciudadano puede saber cuál es su fecha límite para adelantar la renovación, pues se comienza por febrero (mes 2), cuando deberán acudir los ciudadanos que sus cédulas terminan en 2 y así sucesivamente.
Por su parte, la Superintendencia de Transporte investiga a 11 CRC por presuntamente incumplir en la atención a ciudadanos, lo cual puede llevar a la suspensión o cancelación de su habilitación.
La Secretaría Distrital de Movilidad, con el fin de garantizar una mayor atención aumentará su capacidad de ventanillas en los 13 puntos de atención, “vamos a tener 24 ventanillas adicionales en todos los SIM” afirmó Martha Coronado, secretaria de Movilidad encargada.
De otro lado, los congresistas de MIRA, Carlos Alberto Baena y Gloria Stella Díaz, señalaron que hay pruebas suficientes de que el cambio de licencias de conducción debe ser gratis, por lo que indicaron que “la Ley 1383 de 2010 en su artículo 4 ordenó expresamente la gratuidad del cambio de las licencias de conducción y determinó las fuentes de financiación para garantizar el no cobro”.
Ante ello, el Gobierno indicó que “la ley no señala en ningún momento que deben sustituirse licencias vencidas. El Ministerio de Transporte, en ningún momento ha obligado a quienes tengan vigente su licencia de conducción a efectuar una sustitución cobrando un valor por la misma, lo que ha hecho como es su deber. Es responsabilidad de los ciudadanos mantener vigente la habilitación para conducir”.
El Ministerio respondió entre otras cosas que “respecto al oficio de la Defensoría del Pueblo: se trata de una respuesta a un derecho de petición formulado por la representante a la Cámara, y por lo tanto una interpretación individual que un funcionario público en aplicación de los artículos 14 y 28 de la Ley 1437 de 2011, esto es, no es de obligatorio cumplimiento y solo se trata de un criterio de interpretación”.
Precisamente ayer se realizó una jornada de movilización para manifestar el inconformismo ciudadano que ha causado la posición del Gobierno Nacional por el cobro injusto de la renovación de las licencias de conducción.