Luego de recibir un derecho de petición solicitado por parte de los candidatos a la Presidencia de la República, Enrique Peñalosa, del Partido Alianza Verde; Marta Lucía Ramírez, del Partido Conservador; Clara López, del Polo Democrático y Óscar Iván Zuluaga, del Centro Democrático, en el que solicitaban garantías con respecto a los comicios del 25 de mayo de 2014, la Registraduría Nacional del Estado Civil en conjunto con el CNE respondieron lo siguiente:
Solicitudes candidatos
1. Traslado de funcionarios
Que previo al sorteo de los jurados de votación se haga rotación de los registradores en todos los departamentos y municipios a sitios distintos a los que en el pasado hayan sido designados y con los que no tengan vínculos. Sin perjuicio de formularse respecto de todo el territorio nacional, la rotación no puede dejar de hacerse en los departamentos de Córdoba y Sucre por razones de público conocimiento. En los casos en los que por razón legal, judicial o de otra índole esos registradores no puedan ser trasladados de su sede actual, se solicita su separación de todas las funciones electorales, desde la fecha y hasta pasados 30 días de la fecha de segunda vuelta de elecciones presidenciales, y la designación de registradores Ad-Hoc en esos departamentos o municipios.
2. Jurados
. Que para la postulación de jurados de votación, solo se tenga en cuenta a los postulados por instituciones de educación superior y empresas públicas y privadas que acrediten cuando menos cinco años de existencia, y en todos los casos, confrontar a los postulados con los registros del sistema de seguridad social integral, a fin de constatar que en realidad se trata de empleados de las empresas que los postulan, admitiendo por supuesto solamente a esos postulados.
. Que el sorteo de jurados en todos los municipios se haga en audiencia pública, con citación previa de los partidos o movimientos políticos que representamos y del Ministerio Público.
3. Testigos electorales
. Que la acreditación de los testigos se cumpla con por lo menos 10 días de antelación a las elecciones y que la Registraduría instruya a todos los delegados a nivel nacional para que cualquier error o cambio en la acreditación se cumpla con por lo menos tres días de antelación a las elecciones, no permitiéndose a ningún delegado negarse a corregir una acreditación con errores.
. Que las acreditaciones de testigos se entreguen a un solo delegado en cada municipio y por cada partido, delegado que deberá estar previamente definido por el partido respectivo al momento de presentar sus listas de testigos.
4. Formularios
. Que además de la publicación en la página en internet de la Registraduría Nacional del Estado Civil, conforme a lo previsto por la Ley 1475 de 2011 se haga entrega a los testigos electorales de copia del acta de escrutinio de mesa o formulario E-142.
. Que diariamente se haga entrega, a nivel nacional, de las actas parciales de escrutinios, formularios E-24 y E-26, tanto a los testigos y abogados en cada comisión escrutadora, como a la campaña central, por correo electrónico, tanto en imágenes como en archivos planos (txt).
5. Auditoría
. Que de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 1475 de 2013, se nos permita efectuar una verdadera auditoría a los sistemas tecnológicos que se utilizarán durante los procesos de preconteo y escrutinios, la que no podrá limitarse, como hasta ahora, a la simple observación de los procesos que adelanten sus funcionarios y contratistas. Solicitamos:
. La entrega de copia de todos los aplicativos, programas o recursos informáticos, de sistemas o tecnológicos a utilizarse en los procesos antes indicados, lo que debe incluir el código fuente de cada uno de ellos, lo que debe hacerse con una antelación superior a 30 días hábiles a la fecha de las elecciones presidenciales.
. Que se contrate una auditoría internacional a los sistemas, por supuesto externa a la Organización Electoral, con función previa, concomitante y posterior al proceso electoral y de escrutinios, a cargo de una firma de reconocida solvencia internacional, que certifique la idoneidad y confiabilidad, de los aplicativos informáticos o tecnológicos a utilizar.
. Que en el marco de la auditoría que solicitamos a los sistemas informáticos que se utilizarán con ocasión de este debate electoral, se nos permita verificar la secuencia de pruebas en tiempo real de cargue, transmisión, procesamiento de datos, y entrega de resultados.
6. Equilibrio informativo
Que se nos haga entrega de los informes semanales que han debido suministrar o suministrarán los medios de comunicación (radio y televisión), así como de los análisis que el Consejo Nacional Electoral ha debido hacer, a fin de garantizar y restablecer, de ser necesarios, el equilibrio y pluralismo informativo durante la presente campaña electoral.
Respuesta Organización Electoral
1. Traslado de funcionarios
. La Registraduría ha venido atendiendo las solicitudes de traslado, en especial las de los delegados departamentales y algunos registradores, si hay indicios de parcialidad política. Una solicitud para rotación de todos los registradores del país no es viable por ser insuficientes los recursos presupuestales.
. No obstante, se han atendido peticiones de traslado para delegados y registradores, no propiamente por solicitudes o quejas relacionadas con parcialidad, sino como medida de transparencia y en virtud de lo establecido en el artículo 67 de la Ley 1350 de 2009. En este sentido, la Registraduría tendrá en cuenta la solicitud de traslado en los departamentos de Córdoba y Sucre, una vez se revisen los casos cuidadosamente.
2. Jurados
. Con respecto a la solicitud de que el sorteo de los jurados de votación se haga de manera pública y que se constate que las empresas que presenten listas, sean públicas o privadas, tengan al menos cinco años de existencia, la Registraduría informó de su no procedencia, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 5 de la Ley 163 de 1994 “con 90 días calendario de antelación a la fecha de la elección, los Registradores del Distrito Capital, Municipales y Auxiliares solicitarán a las entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos, las listas de las personas que pueden prestar el servicio de jurados de votación”. Asimismo la ley no señala como requisito que las empresas o instituciones deban tener un mínimo de existencia de cinco años.
. De otro modo, la Registraduría Nacional dispuso mediante Circular 036 del 27 de enero de 2014, que la designación de jurados de votación se adelante mediante sorteo dentro de un comité de seguimiento electoral, al que asisten además de sus miembros, organismos de control y representantes de las diferentes campañas electorales.
3. Testigos electorales
. Es responsabilidad de los partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos, que inscriban candidatos a cargos o corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco así como de las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral, acreditar ante esta corporación los testigos electorales para cada mesa de votación y el escrutinio correspondiente.
4. Formularios
. Respecto a la solicitud de obtener una copia del formulario E-14 o acta de escrutinio de mesa para candidatos y delegados de partidos, es de anotar que a partir de las elecciones atípicas realizadas en 2013 y en las pasadas elecciones de Congreso del 9 de marzo de 2014, la Registraduría dispuso de una plataforma web robusta para dar cumplimiento y garantizar un eficiente servicio en la consulta de las imágenes de los formularios E-14.
. El pasado 9 de marzo se cumplió con la meta anunciada de que a las doce de la noche más del 90% de las imágenes de las actas E-14 correspondiente a las corporaciones de Senado de la República, Cámara de Representantes y Parlamento Andino, estuviesen publicadas en la página web de la Registraduría; experiencia que ha permitido definir el mejoramiento del servicio y establecer una medida de transparencia para las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República a realizarse este 25 de mayo de 2014.
5. Auditoría
. La Registraduría Nacional se encuentra en el proceso de contratación de un servicio de auditoría externa a los diferentes componentes.
. Frente a la solicitud de permitir la verificación en tiempo real de la transmisión y el procesamiento de los datos, el Registrador Nacional y el Procurador General mediante los oficios CGA-CNCAE N° 424, 423, 422, 421 y 366 del 3 de abril de 2014, requirieron a los partidos políticos la designación de auditores en sistemas que ejerzan dicha labor, acreditándolos ante la Gerencia de Informática de la Registraduría Nacional del Estado Civil, específicamente el lugar en dónde se desempeñarán.
6. Equilibrio informativo
. El Consejo Nacional Electoral con base en las facultades constitucionales otorgadas en el artículo 265 supremo, las conferidas en las leyes 130 de 1994, 1475 de 2011 y en especial la contemplada en el artículo 25 de la Ley 996 de 2005, hará el seguimiento necesario para que los concesionarios y operadores privados de radio y televisión garanticen el pluralismo, el equilibrio informativo y la veracidad en el manejo de la información.
Informe Misión de Veeduría
No obstante que la Misión de Veeduría Electoral de la Organización de los Estados Americanos (MVE/OEA) en Colombia valoró los esfuerzos realizados tanto por la Registraduría Nacional del Estado Civil como por el Consejo Nacional Electoral en la organización y administración de los comicios presidenciales del próximo 25 de mayo, “asimismo, cree importante que se atiendan y resuelvan oportunamente las peticiones que presenten las y los candidatos a fin de promover un clima de confianza en esta contienda electoral”.
Así lo señaló el colectivo internacional en un balance que presentó sobre la visita preliminar que hace al país con miras a los comicios que se avecinan, encabezada por el expresidente de Costa Rica José María Figueres Olsen.
Durante su estadía en Colombia, la MVE/OEA mantuvo reuniones con la viceministra de Relaciones Exteriores, Patti Londoño Jaramillo; el ministro del Interior, Aurelio Iragorri Valencia; el registrador del Estado Civil, Carlos Ariel Sánchez Torres; el presidente del Consejo Nacional Electoral, Pablo Gil de la Hoz; y con candidatos a la presidencia y representantes de las fuerzas políticas. “Cabe mencionar que, en los encuentros con las y los candidatos la Misión recogió algunas inquietudes relacionadas con la organización del proceso”, indicó el colectivo.
Esta Misión, que iniciará su despliegue final diez días antes de la fecha de la elección, está integrada por un grupo de 53 expertos y observadores/as provenientes de 17 Estados Miembros y Países Observadores de la OEA. El trabajo de veeduría incluirá un análisis integral de aquellos temas fundamentales de la elección como organización y tecnología electoral, financiamiento de campañas, seguridad electoral, resolución de disputas y voto en el extranjero.
Finalmente, la MVE invitó a la ciudadanía a realizar un esfuerzo por conocer las propuestas que presentan los distintos candidatos a fin de poder tomar una decisión informada sobre quién será la o el próximo Presidente de la República. Su participación como votantes, así como en cualquier otro rol en el marco de este proceso, contribuirá al fortalecimiento de la democracia en el país.