En medio de la discusión que se presenta por estos días en el Congreso por la reforma a la salud, el senador Édgar Espíndola radicó un proyecto para que los pensionados por invalidez, vejez o sobrevivientes que devenguen hasta 3 salarios mínimos legales vigentes y sus beneficiarios estén exentos del pago de cuotas moderadoras, pagos compartidos y deducibles para acceder a la prestación de servicios de salud en el Sistema General de Seguridad Social y de los regímenes especiales.
Este proyecto se realiza con base en el Acuerdo 00365 del 20 de septiembre del 2007 del entonces Ministerio de la Protección Social, que estableció el no cobro de copagos a poblaciones especiales en el sistema subsidiado y que se identifiquen mediante instrumentos diferentes al Sisben, tales como listados censales u otros utilizados para su identificación por parte de las entidades responsables.
Tales grupos de población son infantes abandonados, los indigentes, personas en condiciones de desplazamiento forzado, población indígena, los desmovilizados y los adultos mayores en protección de ancianatos o en instituciones de asistencia social, las cuales no estarán sujetas al cobro de copagos.