Los nombramientos de los ministros del Interior Federico Rengifo y de Vivienda Germán Vargas Lleras alcanzaron a estar en la mira de una acción de nulidad. Sin embargo, se salvaron a última hora.
La historia es la siguiente. Ante la Sección Quinta del Consejo de Estado fueron instauradas dos acciones de nulidad contra los decretos de nombramientos de ambos funcionarios.
Como se recuerda, el 17 de mayo pasado el presidente Santos posesionó a Vargas Lleras –que venía del Ministerio del Interior- en el de Vivienda, que venía siendo ocupado por Beatriz Uribe, quien pasó a la Agencia Nacional Minera (cargo al que renunció hace escasas dos semanas).
Ese mismo día Renjifo –quien venía de ser Secretario General de la Presidencia- tomó posesión en la cartera del Interior. De esta forma, la composición de géneros varió en el Gabinete, pues de las 16 carteras ministeriales sólo cuatro quedaron en cabeza de mujeres (Cancillería María Ángela Holguín, Educación María Fernanda Campo, Salud Beatriz Londoño y Cultura Mariana Garcés).
Frente a ese hecho cumplido fue instaurada ante el Consejo de Estado una acción de nulidad contra ambos decretos, alegando que había sido vulnerada la Ley 581 de 2000, también conocida como la “Ley de Cuotas”, mediante la cual se ordena que un porcentaje mínimo de mujeres ocupe cargos de poder y decisión en las entidades oficiales.
En el extracto del fallo de la Sección Quinta se da a entender que al solo existir cuatro ministras se estaría faltando a lo mandado por la ley mencionada.
“Se constató que es válida la alegación de los actores en cuanto a que deben ser cinco las ministras en el Gabinete para cumplir la cuota mínima legal de mujeres en esta categoría de cargos de alto nivel decisorio, puesto que el 30% de un total de 16 carteras ministeriales, equivale a 4.8 que, por este decimal, se aproxima al número entero siguiente”, explica un extracto del fallo del máximo tribunal de lo Contencioso-Administrativo.
Si se interpreta de forma literal este aparte, tendría que concluirse que la demanda de nulidad podría haber progresado, ya que la cuota mínima de mujeres no se estaba cumpliendo.
Sin embargo, parece que la providencia salvó al Gobierno. O más bien, la improvidencia. Como se sabe, el 16 de junio el Congreso aprobó el proyecto de reforma a la Justicia, tras una controvertida y viciada conciliación en las plenarias de Senado y Cámara.
Fue tal el escándalo por las implicaciones de lo aprobado, sobre todo por las trabas para judicializar a los altos funcionarios, que el presidente Santos, cuya coalición mayoritaria aprobó el proyecto de reforma, tuvo que ponerse en su contra y anunciar que objetaría la iniciativa por vicios de forma y por inconveniencia. El Congreso, en medio de la indignación nacional, fue citado de nuevo y el polémico proyecto hundido.
Sin embargo, el Ejecutivo tuvo que pagar su cuota de responsabilidad en el escándalo, no sólo con una caída drástica en las encuestas, sino con la salida del ministro de Justicia Juan Carlos Esguerra. Aunque la designación de su reemplazo se demoró varios días, al final el presidente Santos se decidió por Ruth Stella Correa. Y de esa forma, por una cuestión coyuntural producto de un escándalo imprevisto en el Congreso y el costo político que pagó el Gobierno, la cuota de género en el Gabinete se volvió a equilibrar acorde a la ley.
“No obstante ser así, ocurre que, encontrándose en estado de producirse la providencia correspondiente, se presenta como hecho de conocimiento público, que la composición del Gabinete de ministros existente para el momento de la instauración de la demanda, cambió. Ello, debido a que el Presidente designó a Ruth Stella Correa Palacio como ministra de Justicia, en reemplazo de Juan Carlos Esguerra. La página web del Ministerio informa sobre la posesión de la Ministra el 12 de julio de 2012. Aunque no se conoce el decreto de nombramiento de la Ministra Correa, por su publicación oficial, se trata de un hecho notorio que, de acuerdo con el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, está exento de prueba. Entonces, en la actualidad, la dama que faltaba para completar la cuota mínima de 5 ministras en el Gabinete, ya está incorporada al mismo…”, precisó el fallo del Consejo de Estado.
Y agregó que ya no era necesario tramitar la demanda pues “…la situación omisiva que antes podía afectar el nombramiento se encuentra ya saneada o convalidada, luego cesaron las razones que podrían conducir a sancionar con nulidad el pronunciamiento presidencial”.
En otras palabras, los nombramientos de dos ministros alcanzaron a estar en peligro, pero un escándalo y la caída de Esguerra, los salvó.