En riesgo está el proyecto de ley con el que se busca generar puestos de empleo a los soldados profesionales e infantes de marina que hayan cumplido su tiempo en las Fuerzas Militares.
Esta iniciativa que fue aprobada en primer debate, se enfrenta a una ponencia negativa por presunto vicio procedimental.
En su ponencia, el representante por Cauca, Óscar Ospina, de la Alianza Verde, dice que “no debe echarse de menos el yerro en que se ha incurrido en el trámite del presente acto legislativo, ya que se radicó directamente en la Secretaría del Senado de la República, cuando por disposición legal debía haberse radicado en la Secretaría de esta Corporación; situación que igualmente genera un vicio de procedimental, susceptible de ser declarado por el máximo Tribunal de la Jurisdicción Constitucional”.
Básicamente, la iniciativa corre un gran peligro de ser hundido una vez inicien las sesiones ordinarias del Congreso en marzo, puesto que según el congresista ponente, argumenta que “se tiene lo previsto en el numeral 14 del artículo 142 de la Ley 5ª de 1992, que prevé como iniciativa legislativa privativa del Gobierno, los referentes a exenciones de impuestos, contribuciones o tasas nacionales. Igualmente el artículo 143 ibídem consagra que los proyectos de ley relativos a tributos, presupuesto de rentas y gastos serán presentados en la Secretaría de la Cámara de Representantes, mientras que los de relaciones internacionales lo serán en el Senado”.
En ese sentido, El texto explica que “más allá de buscar la inserción laboral para determinado grupo de la población, también busca descuento en el impuesto de renta para las empresas que creen tales fuentes de trabajo; iniciativa que a la luz de la normatividad transcrita y por tratarse de una exención de impuestos a favor de estas últimas, debe radicar exclusivamente en cabeza del Gobierno Nacional; y no puede tener iniciativa parlamentaria, tal y como acaece en el presente asunto. Aunado a lo anterior, y por tratarse de un proyecto de ley relativo a tributos, de conformidad con lo reglado en el último artículo, debía radicarse exclusivamente en la Secretaría de la Cámara de Representantes y no ante la Secretaría del Senado de la República”.
Es decir que, “se observa que de continuar con el trámite del presente proyecto de ley, el mismo podría ser objeto de control constitucional, por parte de la honorable Corte Constitucional, quien a solicitud de cualquier actor o del mismo Gobierno Nacional, podría declarar los vicios reseñados en líneas anteriores, con la correspondiente declaratoria de inconstitucionalidad”.
El proyecto
La iniciativa cobró vida por la “necesidad de vinculación de soldados profesionales e infantes de marina, que han hecho uso de buen retiro, a oportunidades laborales calificadas, con el fin de mejorar sus ingresos mensuales, los cuales ascienden a un salario mínimo mensual”, suma de dinero que en criterio del autor del proyecto, “no alcanza para cubrir sus necesidades básicas, lo que ha conllevado al aumento de la informalidad laboral y trabajos no calificados; pese a la certificación laboral, en áreas técnicas y tecnológicas, con la que cuentan”.
Esta Ley está dirigida a todas las empresas legalmente establecidas en Colombia nacionales o extranjeras, las cuales se adhieran al proyecto obtendrán beneficios.
Algunos de ellos son: “descuento del uno por ciento (1%) del impuesto de renta, por generar hasta el 10% de los Puestos de Trabajo de la planta de personal de la empresa y descuento del uno punto cinco por ciento (1.5%) del impuesto a la renta, por generar hasta el 15% de los Puestos de Trabajo para los Soldados Profesionales e Infantes de Marina en uso de buen retiro con certificados de competencias laborales por el Sena”.
Los parágrafos que se desprenden del punto anterior son: 1. “Los soldados profesionales e infantes de marina, en uso de buen retiro, al estar en el campo laboral deberán allegar certificados de antecedentes por lo menos una vez al año a las empresas, continuar estudios superiores, crear microempresas y apoyar a la economía nacional 2. El Ministerio de Trabajo enviará a las entidades territoriales la lista de las empresas generadoras de los Puestos de Trabajo objeto de esta ley, dentro de los cinco (5) primeros días del mes de marzo de cada año a partir de la vigencia de la presente ley, a fin de ejercer vigilancia y seguimiento.
Sobre la vigencia del tiempo laboral, el proyecto contempla que “las empresas beneficiarias del impuesto a la renta deberán mantener a los Soldados Profesionales e Infantes de Marina vinculados por el término de cinco años”.
También señala que “el Sena celebrará los convenios necesarios con el Ministerio de Defensa Nacional - Fuerzas Militares a fin de habilitar y certificar las competencias laborales de los Soldados Profesionales e Infantes de Marina, en uso de buen retiro”.
Este proyecto fue sometido a concepto institucional por parte del Ministerio de Educación, por incluir en su articulado a esa cartera, en lo referente a los convenios que tendría que adelantar para garantizar la educación de los beneficiados de la ley.