Pago del comparendo, un requisito para el curso | El Nuevo Siglo
Jueves, 30 de Abril de 2015
La Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá informó que a partir del lunes 4 de mayo, todas las personas que han cometido infracciones de tránsito y quieran acceder a los descuentos previstos en la ley, deben realizar como requisito indispensable el pago del comparendo antes de tomar el curso de pedagogía.
 
Esta nueva directriz aplica para los cursos que se imparten en la Secretaría Distrital de Movilidad (SuperCADEs Calle 13, 20 de Julio, Américas y Suba) y para los que se imparten en las distintas sedes del Centro Integral de Atención CIATRAN S.A.
 
Es importante que las ciudadanos y ciudadanos infractores tengan presente que deben presentar al ingreso del curso el original del recibo de pago de comparendo (con timbre bancario) o en su defecto la certificación bancaria, correspondiente al descuento que aplique, de lo contrario no podrán tomar el curso pedagógico.
 
¿A qué descuentos tiene derecho una persona a la que imponen un comparendo por una infracción de tránsito?
 
De acuerdo con la forma de imposición y notificación, las personas pueden acceder a los siguientes descuentos:
 
Comparendos notificados en vía: 50% de descuento en el valor de la sanción, si realiza el pago y el curso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la imposición o el 25% de descuento, si realiza el curso y el pago   entre los días 6 y 20  hábiles siguientes.
 
Comparendos electrónicos notificados por correspondencia: 50% de descuento en el valor de la sanción, si realiza el curso y el pago entre el día 1 a 18  hábil siguiente a la fecha de detección de la infracción o el 25% de descuento si realiza el curso y el pago entre el día 19 a 33  hábil siguiente a la fecha de detección de la infracción.
 
Comparendos  notificados personalmente o por aviso: 50% de descuento en el valor de la sanción, si realiza el curso y el pago entre el día 1 a 10  hábil siguiente a la fecha de notificación  o el 25% de descuento entre el día 11 a 25  hábil siguiente a la fecha de notificación.