Otro marco para reinsertar “victimarios”: ¿corriendo en campo minado? | El Nuevo Siglo
Jueves, 18 de Agosto de 2011

El dilema no radica en los cambios constitucionales y legales, sino en qué tanto éstos puedan sobrepasar un límite ya extremo como el de Justicia y Paz.


SI HAY algo que quedó claro luego de que la semana pasada la Comisión de Paz del Congreso presentara lo que denominó “propuesta para la construcción de un nuevo marco jurídico para la paz”, es que definitivamente se impulsará un proyecto para tramitar la reinserción a la vida civil de los “victimarios”.


Esa propuesta se construyó tras realizar con expertos y amplios sectores de todo el país varias audiencias públicas y mesas temáticas sobre temas tan complejos como desmovilización, la Ley de Justicia y Paz, el Estatuto de Roma y la normatividad internacional y delito político.


Según el Presidente de la Comisión, senador Roy Barreras, "aprobamos la Ley de Victimas para sanar heridas, ahora radicaremos el Nuevo Marco Legal para la Paz, para que no hayan más victimarios en Colombia".


La Comisión y el grupo de expertos llegaron a varias conclusiones, la más importante referida a que se necesita un nuevo marco jurídico porque la normatividad vigente no es suficiente para permitir un proceso de paz definitivo o una desmovilización eficiente de grupos ilegales.


También, que cualquier marco jurídico que se proponga sobre una salida al “conflicto”, tiene que realizarse en un espacio de justicia transicional y no ordinaria.


Indican que como objetivo del proceso, se identifica que la construcción del nuevo marco jurídico esté encaminada al cierre definitivo de los diversos capítulos del conflicto, que obedezcan a diversos actores armados como la guerrilla y los paramilitares, entre otros.


Igualmente proponen que para que ese nuevo marco jurídico para la paz salga avante, es necesario un “elemento legitimador popular”, lo que ha sido entendido como la posibilidad de ser refrendado por la ciudadanía en las urnas.


“El nuevo marco jurídico debe servir al propósito de una paz integral y definitiva, y permitir soluciones que abarquen los diversos grupos y actores del conflicto armado interno. Un marco jurídico para todos. Una paz para todos. Y no una ley coyuntural hecha a la medida de un grupo, buscando sólo paces bilaterales”, agrega el Senado en la presentación de las conclusiones.


Reitera, igualmente, que es el Gobierno el que tiene la autonomía para manejar toda iniciativa de paz y que todos los instrumentos legales que se construyan deben permitir al Ejecutivo, de manera discrecional, aplicar las nuevas normas de manera diferencial, gradual y selectiva: “Para todos una solución, pero no la misma solución para todos”.


La propuesta de marco legal indica que es necesario diferenciar el tipo de respuestas normativas para las salidas jurídicas al conflicto, las cuales deben ser de tipo constitucional y también legal.


Por último indica que resulta necesario y posible preparar instrumentos legales que permitan una desmovilización de los miembros de los grupos armados ilegales, “aún sin adelantar previamente conversaciones o diálogos que eventualmente realizaría el Gobierno nacional con dichos grupos, siendo entonces la sociedad colombiana la que deba ponerse de acuerdo en lo que está dispuesta a ofrecer en aras de alcanzar la reconciliación definitiva”.


Muchos peros


Sin embargo, del dicho al hecho, hay mucho trecho. Esa formulación teórica no es fácil de aterrizar. Por ejemplo, es complicado establecer un carácter diferencial en el tipo de responsabilidad de comandantes y combatientes rasos o buscar, en una especie de “amnistía condicionada”, unificar criterios frente al delito de “pertenencia a grupos armados ilegales” y sus conexos.


En cuanto a las modificaciones de tipo legal, es evidente que debe reformarse la Ley de Justicia y Paz, pues es la única norma vigente para reinsertar “victimarios”. Sin embargo, esta legislación no sólo hoy es blanco de muchas críticas por su poca eficiencia en materia de condenas así como de verdad, justicia y reparación a las víctimas, sino que los intentos de ajustes tramitados en el Congreso siempre han fracasado.


No son pocos los juristas que consideran que Justicia y Paz (cuyo ámbito de aplicación no cobija a nuevos “victimarios”) lejos de ampliarse y volverse más flexible para ser más atractiva a los integrantes de grupos ilegales, tiene que ser más restrictiva, no sólo por sus falencias, sino porque esa normatividad, a la luz de los tratados internacionales y del Estatuto de Roma, ya raya en el límite máximo permitido. Ir más allá, opinan algunos analistas, implicaría entrar en terrenos de “justicia aparente” y la impunidad disfrazada.


Hablar de “penas alternativas reducidas parcialmente”, como lo afirmaron algunos de los expertos consultados por la Comisión, abre otro debate muy complejo e interminable.


De otro lado, es lógico que tras el limbo jurídico en el que duraron varios años 19 mil ex paras desmovilizados, el nuevo marco debe dar más seguridad jurídica a quienes dejen las armas en un futuro. Pero también debe tenerse en cuenta que una de las principales críticas a los desmovilizados radica en que, por ser automático el beneficio que les otorgó Justicia y Paz, no se vieron obligados a revelar la información sobre delitos cometidos por los grupos en que operaron, así no los implicara directamente a ellos.


Por otra parte, cualquier nuevo marco legal para “victimarios” no puede abstraerse de los tratados y estándares internacionales sobre protección de derechos humanos y Derecho Internacional Humanitario.
Por ejemplo, el tema de las amnistías y los indultos, directos, indirectos o condicionados, no será fácil de aterrizar, pues esa legislación supranacional (que hace parte del bloque de constitucionalidad colombiano) es cada vez más restrictiva al respecto.


Sin embargo, la misma propuesta de la Comisión de Paz indica que “… el reclutamiento de menores, los ataques sistemáticos a la población, no permitirían ninguna forma de indulto o amnistía, más sin embargo también existe la obligación de conceder la amnistía más amplia posible en los procesos de paz”.


Y quedan dos papas calientes por analizar. De un lado, el beneficio a militares que hayan cometido delitos siempre ha sido un tema muy candente, pues la institucionalidad castrense advierte que no se puede poner a los uniformados en el mismo plano o rasero de los integrantes de grupos ilegales.


En segundo lugar, la Comisión admite que “el cómo identificar y tipificar el delito político resulta ser de los temas más polémicos dentro de la discusión, por lo que su redefinición y aplicación no puede apartarse de los estudios de legitimidad en su aplicación frente a delitos comunes y delitos considerados de lesa humanidad”.


No menos complejo sería abordar temas como flexibilidades a la sanción de “muerte política”, legislación diferencial para procesos de paz y revisión del tema de la extradición en el caso de narcotraficantes, bajo el entendido de que éstos no pueden ser considerados delincuentes políticos.