Otro intento contra hacinamiento carcelario | El Nuevo Siglo
Foto archivo El Nuevo Siglo
Viernes, 2 de Junio de 2017
Redacción Nacional
Un proyecto que presentará el Fiscal General despenalizará conductas menores como la inasistencia alimentaria. En tanto que el 1° de julio próximo recuperarían su libertad cerca de 40 mil presos por vencimiento de términos en detención preventiva

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A pesar de las nuevas plazas que se han habilitado en diferentes regiones, el sobrecupo en las cárceles del país se mantiene invariable arriba del 50%. La única solución a la vista para las autoridades,  incluso para el Congreso, parece ser la salida de presos por diferentes vías. A este propósito se suma la reciente iniciativa del fiscal General, Néstor Humberto Martínez, quien anunció que presentará un proyecto de ley para despenalizar algunas conductas de bajo impacto.

El Fiscal General dijo que “el 20 de julio se radicará un proyecto de ley, producto del trabajo conjunto que se adelanta con diferentes entidades de la Rama Judicial, y en el que se analizan los diferentes tipos penales. Injuria, inasistencia alimentaria, daño en bien ajeno, prevaricato, violación a los principios del Estado de Derecho y debido proceso”.

Explicó que “hay un gran consenso que la política penitenciaria tiene que ser producto de una política criminal mucho más amplia y, en ese sentido, nos hemos propuesto trabajar de aquí al 20 de julio, en un proyecto de ley integral que incluya la despenalización de una serie de conductas antisociales que no tienen por qué tener tratamiento penitenciario”.

Según afirmó, casi el 15% de las investigaciones realizadas por la Fiscalía se dedican a temas, que de acuerdo con el alto funcionario, deben ser reevaluados a fin de verificar si efectivamente deben constituirse como delitos.

El Jefe del ente investigador dijo que llegó la hora de racionalizar el Derecho Penal en el país “si queremos tener una buena política penitenciaria, una política penitenciaria eficaz”.

No obstante, el Fiscal General fue enfático frente al tratamiento que se debe dar a aquellas conductas que representen un alto grado de lesividad para la sociedad. De ahí que reiterara sus cuestionamientos a propósito de las propuestas de beneficios como medidas para tratar de aliviar la crisis penitenciara. “El daño que se le causa a la sociedad es distinto entre una y otra conducta; luego los beneficios no pueden ser los mismos.  ¿Cómo puede ser que se proponga reducir en un 20% las penas para todos los delitos por igual? Eso no puede ser posible”.

El hacinamiento en las diferentes cárceles del país es del  52, 53%, pues se contabilizan 119.609 internos en 316 centros que tienen una capacidad real de 78.418 cupos, según cifras del Inpec.

El ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, indicó que la ampliación de cupos carcelarios es una medida necesaria y urgente para atender en el corto y mediano plazo las necesidades de mejora de una infraestructura que debe responder a estándares mínimos que garanticen los derechos humanos de la población privada de la libertad.

Sin embargo, el alto funcionario aseguró que la ampliación de cupos no es una medida suficiente para afrontar la crisis del sistema penitenciario, la cual requiere soluciones estructurales de largo plazo. “La superación del estado inconstitucional de cosas requiere esfuerzos amplios e integrales a nivel de política criminal. Por lo tanto, el trabajo de esta cartera se ha enfocado en el fortalecimiento de una política que permita superar las fallas estructurales que originan el hacinamiento y suplir las necesidades de la población privada de la libertad”, anotó el Ministro.

Gil Botero reconoció que como Estado hay que empezar a pensar en nuevas formas de intervención para abordar las causas socio-culturales que llevan a la comisión de conductas punibles. “La constante creación de nuevos delitos, el incremento de penas y la reducción de beneficios judiciales no han cumplido a cabalidad con la función de prevención. Por el contrario, han generado un aumento significativo en la densidad de la población carcelaria y en el tiempo de reclusión intramural”.

Sobre el particular el Ministro también ha señalado que “se puede generar la despenalización de conductas que son nimias. Conductas que no tengan incidencia desde el punto de vista cualitativo y manejarlas como contravenciones”.

Por su parte el presidente Santos dijo que “nos hemos esforzado por construir una política criminal seria que se traduzca en una política penitenciaria seria. No se trata solo de promover penas de carácter intramural, sino de garantizar la resocialización y el reintegro a la sociedad”.

El primer Mandatario aseguró que hasta el año 2021 se tiene aprobación de aval fiscal por 735 mil millones de pesos para construir tres establecimientos de reclusión en Pereira, Fundación (Magdalena) y Riohacha. Y al referirse a la adición presupuestal de 170 mil millones que se tramita actualmente en el Congreso, anotó que 70 mil millones se destinarán a proveer más de mil cargos que hoy están vacantes en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), entre personal de guardia y administrativo, y que $100 mil millones se invertirán en generación de cupos y mantenimiento de la infraestructura carcelaria.

Detención preventiva

El próximo 1° de julio al menos 3 mil personas procesadas por delitos especiales que no han sido llamadas a juicio recobrarían su libertad por efectos de que entrará en vigor la Ley 1760. Así lo indicó hace unos días  el fiscal Martínez.

Recordó que para esa fecha estos internos cumplirían dos o más años de detención preventiva y podrían solicitar la sustitución de la medida de aseguramiento porque la Ley 1760 fijó los términos en que una persona pueda permanecer privada de la libertad sin ser llamada a juicio.

Vale señalar que la Ley 1760 de 2015 estableció que la detención preventiva no se podrá extender por más de un año, esto con el fin de ponerle coto a la situación que se vive en el país, donde hay personas que llevan hasta tres años en las cárceles sin ser llamados a juicio.

Precisamente por la falta de claridad que existía en los términos de la detención preventiva, la Corte Constitucional en la Sentencia C-390/14 le dio plazo al Congreso de la República hasta el 20 de julio de 2015 para expedir la regulación correspondiente.

Por ello el Parlamento expidió la Ley 1760, la cual fijó en un año los términos para la detención preventiva, término que puede prorrogarse a solicitud del Fiscal o la víctima cuando el proceso se surta ante la justicia penal especializada o sean tres  o más los acusados contra quienes estuviere vigente la detención preventiva, o se trate de investigación o juicio de actos de corrupción.

Sin embargo, teniendo en cuenta que el sistema judicial no logró resolver en ese año de plazo la mayoría de casos por la congestión que presenta y que, como consecuencia, había la amenaza que entre el 6 y 7 de julio del 2016 salieran de la cárcel 10.811 sindicados por delitos menores, pues para esa fecha superaron el término de un año de detención preventiva sin ser llamados a juicio, fue necesario que el Parlamento aprobara la Ley 1786, que extendió por un año más la prórroga que había establecido la Ley 1760.

 

 Jubileo

Varados en la Comisión Primera del Senado, porque esperan un concepto del Consejo Superior de Política Criminal, están cuatro proyectos de ley radicados para rebaja de penas después de oficializarse que el papa Francisco visitará Colombia en septiembre próximo, y que significarían la excarcelación de cerca de 40 mil internos.

Sobre el particular el fiscal Martínez indicó en una comunicación que hizo llegar al ministro Gil que estos proyectos "se inspiran en meras razones de benevolencia coyuntural sin considerar su impacto en la política criminal del Estado". Agregó que "buscan el otorgamiento de beneficios indiscriminados a favor de la población carcelaria, sin reparar en sus consecuencias".

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